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ARTAZA, VIVIANA INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS por reajustes varios de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el Decreto 807/16, la Resolución ANSeS 56/2018, la Resolución SSS 1/2018 y el art. 3 del DNU 157/2018, e impuso costas y regulación de honorarios a la demandada.

Reajustes varios Haber inicial Isbic Ripte Inconstitucionalidad decreto 807/2016 Resolucion anses 56/2018 Impuesto a las ganancias Costas Honorarios Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ARTAZA, Viviana Inés. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Reajustes varios y recálculo del haber inicial jubilatorio (reajuste del haber, actualización de remuneraciones, exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos, costas y honorarios). Decisión: Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y, por consiguiente, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de apelación y agravios; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016, de la Resolución ANSeS 56/2018 y de la Resolución de la Secretaría de la Seguridad Social 1/2018; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018; se impusieron las costas de la presente instancia a la demandada vencida; y se regularon honorarios de la parte actora en un 30% de lo que se fije por la primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "la fijación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones genéricas que la ley 24.241 -texto según ley 26.417
- reconoce en cabeza de la ANSeS (art. 36) ... toda vez que la elección de la variable de ajuste no es un aspecto menor, de detalle, referente al cumplimiento del régimen de jubilaciones, sino que es una cuestión de la mayor relevancia pues tiene directa incidencia sobre el contenido económico de las prestaciones, pudiendo afectar el mandato protectorio del art. 14 bis de la Constitución Nacional o el derecho de propiedad de los beneficiarios" (cons. 17). "es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período en juego, toda vez que se trata de un componente decisivo para asegurar la vigencia de los derechos consagrados en el art. 14 bis de la Ley Fundamental… (cons. 21)". "Por tales motivos, declaró de oficio la inconstitucionalidad de las mentadas resoluciones y reafirmó la potestad del Congreso de la Nación en el establecimiento del índice de actualización aplicable como atribución constitucional exclusiva de aquél Poder del Estado."
- Votos en disidencia: no hubo disidencia; el acuerdo fue unánime (los Dres. Castiñeira de Dios, Pizarro y Pérez Curci adhirieron al voto que fundamenta la negativa al recurso).

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