VILLALBA, JORGE ALBERTO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTE DE HABERES
El actor Jorge Alberto Villalba promovió demanda contra la ANSES por reajuste de haberes y recálculo previsional. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia del 07/03/2025 que receptó parcialmente la demanda y confirmó la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 y la pauta de la ley 26.417 desde entonces, difiriendo varias cuestiones para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
VILLALBA, Jorge Alberto.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes y recálculo del haber inicial jubilatorio; reclamo de diferencias previsionales y cuestiones conexas (PBU, topes previsionales, aplicación de índices de actualización, impuesto a las ganancias sobre retroactivos).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de fecha 07/03/2025 en todo cuanto fue materia de agravio, por lo que se mantiene la decisión de receptar parcialmente la demanda, ordenar el recálculo del haber conforme los criterios indicados por el juez de grado y dejar diferidos para la etapa de ejecución determinados aspectos como la recomposición de la PBU y el tratamiento de topes previsionales. Además, confirmó la inaplicabilidad de la Resolución SSS 06/09, la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos, y la aplicación de la tasa pasiva del BCRA para el capital de condena. Se dispuso sin costas de Alzada por inexistencia de intervención de la parte contraria.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"IV.-Expuestos de este modo los únicos agravios habilitantes de esta instancia revisora, corresponde señalar que resultan análogos a los ya tratados y resueltos en el precedente registrado bajo FCR 777/2020, caratulado “ROMERO SÁNCHEZ, CARLOS EDUARDO c/ ANSES s/ REAJUSTE DE HABERES”, con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
"En virtud del precedente citado, corresponde confirmar la aplicación del índice ISBIC para la actualización y recálculo del haber inicial del actor hasta el mensual correspondiente a febrero de 2009, inclusive. A partir de dicha fecha, y hasta la fecha de alta del beneficio, deberá aplicarse la pauta de actualización prevista en la Ley N.º 26.417."
"Asimismo, se confirma la actualización de la PBU de conformidad con el precedente 'Quiroga'; la declaración de la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos previsionales; la inaplicabilidad de la Resolución SSS 06/09 y el diferimiento de los topes previsionales para la etapa de ejecución de sentencia."
- Disidencia: El Dr. Aldo E. Suárez adhiere a la propuesta que antecede (no existe disidencia relevada; la resolución es por mayoría).
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