Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ANRIQUEZ, DIEGO EMANUEL s/INFRACCION LEY 23.737
Imputado por tráfico de estupefacientes en la modalidad de almacenamiento. La Cámara (Tribunal Oral Federal de San Martín Nro. 4) condenó a Diego Emanuel Anríquez a seis años de prisión, multa de cincuenta unidades fijas, ordenó el decomiso de dinero, vehículo y estupefacientes y revocó la condicionalidad de una pena anterior, fijando una pena única de seis años y dos meses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fiscalía/Ministerio Público en el proceso penal (parte acusadora no individualizada textualmente en la parte dispositiva).
Demandado: Diego Emanuel Anríquez (alias “BECO” o “DIEGUITO”), DNI 38.084.192, detenido en el CPF I.
Objeto: Responsabilidad penal por tráfico de estupefacientes, en la modalidad de almacenamiento, y consecuentes sanciones y medidas de decomiso.
Decisión: Se rechazó el planteo de nulidad formulado por la defensa y se condenó a Diego Emanuel Anríquez a la pena de seis años de prisión y multa de cincuenta unidades fijas, con accesorias legales y costas; se revocó la condicionalidad de una pena previa de cuatro meses impuesta por el Tribunal en lo Criminal N°1 de La Matanza (causa 194/2023) y se impuso una pena única de seis años y dos meses de prisión, multa de cincuenta unidades fijas, accesorias y costas; se ordenó el decomiso del dinero secuestrado y del automóvil Peugeot 208 dominio AF-215-ND, y el decomiso y destrucción del material estupefaciente incautado. Asimismo, se dispuso comunicar lo resuelto al Tribunal en lo Criminal N°1 de La Matanza una vez firme y diferir la regulación de honorarios del defensor hasta cumplimiento de normas previsionales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
"I. NO HACER LUGAR al planteo de nulidad formulado por la defensa."
"II. CONDENAR a DIEGO EMANUEL ANRÍQUEZ a la pena de SEIS AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE CINCUENTA UNIDADES FIJAS, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS DEL PROCESO, por considerarlo autor del delito de tráfico de estupefacientes, en la modalidad de almacenamiento (arts. 45 y 5º -inc. c
- de la ley 23.737, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"III. REVOCAR LA CONDICIONALIDAD de la PENA DE CUATRO MESES DE PRISIÓN impuesta a DIEGO EMANUEL ANRÍQUEZ por el TRIBUNAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE LA MATANZA, en la causa nro. 194/2023 de ese registro, en fecha 27 de junio del año 2023 (art. 27 del Código Penal)."
"IV. CONDENAR a DIEGO EMANUEL ANRÍQUEZ a la PENA ÚNICA DE SEIS AÑOS Y DOS MESES DE PRISIÓN, MULTA DE CINCUENTA UNIDADES FIJAS, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS DEL PROCESO, comprensiva de la dictada en el punto II y la aplicada por el TRIBUNAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE LA MATANZA, en la causa nro. 194/2023 de ese registro, en fecha 27 de junio del año 2023 (arts. 27 y 58 del Código Penal)."
"V. ORDENAR EL DECOMISO del dinero secuestrado en el allanamiento del domicilio de DIEGO EMANUEL ANRÍQUEZ y el automóvil marca Peugeot, modelo 208, dominio AF-215-ND (art. 30 de
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