Incidente Nº 2 - IMPUTADO: VALERIANO NOHA, AMARIA s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
La Fiscalía formuló acusación por contrabando de importación de estupefacientes con presunto destino de comercialización contra Amaria Valeriano Noha. El Juzgado homologó el acuerdo pleno y condenó a la imputada como partícipe secundaria a tres años de prisión de ejecución condicional, ordenando decomiso y destrucción de la droga y remitiendo el caso a Migraciones para su expulsión.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Dra. Gabriela Calvo, Auxiliar Fiscal).
- Demandado / Imputada: Amaria Valeriano Noha (boliviana, CiBol. N° 7.488.097).
- Objeto de la demanda: Acusación y procedimiento abreviado por el delito de “Contrabando de importación de Estupefacientes agravado por el presunto destino de comercialización”, en calidad de partícipe secundario; homologación de un acuerdo pleno y solicitud de pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional.
¿Qué se resolvió?
Se tuvo por formulada la acusación y se condenó a Amaria Valeriano Noha como partícipe secundaria del delito indicado a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional (art. 26 C.P.), con imposición de las costas; se ordenó el decomiso y la destrucción de la sustancia secuestrada; se dispuso poner en conocimiento a la Dirección Nacional de Migraciones para la expulsión anticipada con prohibición de reingreso por el doble de la condena; se dio intervención al Juzgado de Ejecución Penal para el cómputo (detención desde 23/4/2025); y se dejó constancia de la renuncia a los plazos recursivos por las partes quedando firme el resolutorio.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Seguidamente, cedida la palabra a la Sra. Auxiliar Fiscal, hace saber que viene por el presente acto a formular acusación ... y a solicitar se homologue el acuerdo pleno al que han arribado las partes ... En esas circunstancias ... realizaron la requisa de las mochilas en presencia de testigos, y se hallaron un total de sesenta (60) paquetes envueltos con nylon de color negro, conteniendo una sustancia polvorienta que arrojó resultado positivo para cocaína. Destacando que la posterior pericia química realizada a la sustancia secuestrada determinó que se trata de clorhidrato de cocaína, con un porcentaje de pureza que varía entre el 71,91 % y el 76,19%."
"Ahora bien, teniendo en cuenta que no se plantearon nulidades ni quedan cuestiones pendientes de resolver, que la solicitud de juicio abreviado se encuentra acompañada de la conformidad de la imputada, sumado a que ha reconocido la existencia del hecho, su participación, y la calificación legal atribuida, atento al hecho motivo de investigación, la valoración que se hace de la totalidad de las constancias probatorias ... se declara que el 'Acuerdo Pleno' celebrado por el Ministerio Público Fiscal, la encausada y su defensa técnica, cumple con los requisitos formales de admisibilidad."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; el tribunal homologó el acuerdo pleno y dictó la condena conforme lo solicitado por Fiscalía y aceptado por la defensa.
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