Incidente Nº 6 - IMPUTADO: CALAPEÑA, PEDRO ALEJANDRO GABRIEL s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Imputado condenado por transporte de estupefaciente en procedimiento abreviado. El Juzgado Federal de Jujuy 2 condenó a Pedro Alejandro Gabriel Calapeña a cuatro años de prisión y multa de 45 unidades fijas por el delito de transporte de estupefaciente, disponiendo además decomiso y destrucción de la droga, decomiso del teléfono y remisión al Juzgado de Ejecución Penal.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representada por la Dra. Gabriela Calvo, Auxiliar Fiscal).
- Demandado / Imputado: Pedro Alejandro Gabriel CALAPEÑA, D.N.I. 44.949.337.
- Objeto de la demanda: Proceso penal por el delito de “transporte de estupefaciente” (art. 5 inc. c Ley 23.737) en relación con el secuestro de paquetes de marihuana y elementos vinculados.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo pleno y, en consecuencia, se formuló la acusación y se condenó a Pedro A. G. Calapeña a CUATRO (4) AÑOS de prisión y MULTA de cuarenta y cinco (45) unidades fijas conforme Ley 27.302; INHABILITACIÓN ABSOLUTA por el tiempo de la condena; imposición de costas; continuidad de alojamiento en el Servicio Penitenciario Federal; decomiso y destrucción de la sustancia y mochilas; decomiso del teléfono celular marca “M”; intervención del Juzgado de Ejecución Penal teniendo en cuenta que la detención data del 6 de abril de 2025; y se dejó constancia de la renuncia de las partes a plazos recursivos, quedando firme el resolutorio.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes del fallo):
“Seguidamente, cedida la palabra a la Sra. Auxiliar Fiscal, hace saber que viene por el presente acto a formular acusación en contra del nombrado y a solicitar se homologue el acuerdo pleno al que han arribado las partes, en los términos de lo normado por los arts. 268 inc. b, 274 y 278 y ccs., 323 y 324 del CPPF.”
“La posterior pericia química efectuada a la sustancia determinó que se trata de marihuana, con una concentración de THC del 5%, con un peso total sin envoltorio de dos mil novecientos noventa y cuatro con ochenta y cuatro.”
“Se decidió culminar el presente caso mediante el instituto de procedimiento abreviado, en virtud de un ‘acuerdo pleno’ arribado entre las partes… solicita SE CONDENE a Pedro Alejandro Gabriel CALAPEÑA, a la pena de CUATRO (4) AÑOS de prisión… y MULTA de cuarenta y cinco (45) unidades fijas…”
“Ahora bien, teniendo en cuenta que no se plantearon nulidades ni quedan cuestiones pendientes de resolver, que la solicitud de juicio abreviado se encuentra acompañada de la conformidad del imputado, sumado a que ha reconocido la existencia del hecho, su participación, y la calificación legal atribuida… se declara que el ‘Acuerdo Pleno’ celebrado … cumple con los requisitos formales de admisibilidad.”
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el decisorio; la jueza dictó el fallo en conformidad con el acuerdo pleno y con las declaraciones consignadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: