Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FUENTES, NICOLAS ARIEL Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737
Juicio abreviado ante el Tribunal Oral Federal por infracción a la Ley 23.737 por tenencia y confabulación; se homologó el acuerdo de partes y se condenó a Jonathan A. Fuentes a 3 años de prisión en ejecución condicional y a Nicolás A. Fuentes a 2 años de prisión en ejecución condicional, se ordenó destrucción de la droga y decomiso de demás elementos.
- Actor (parte acusadora): Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Luisina Tiscornia.
- Demandados (imputados): 1) Jonathan Alberto Fuentes (DNI 33.285.465) y 2) Nicolás Ariel Fuentes (DNI 44.802.302).
- Objeto del proceso: Juicio abreviado por infracción a la Ley 23.737 (estupefacientes) acumulando expedientes FGR 5967/2021 y FGR 12103/2022; cargos originales por tenencia con fines de comercialización y por tenencia simple, con propuesta de mutación de calificaciones y acuerdo de juicio abreviado según art. 431 bis CPPN.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de juicio abreviado; se condenó a Jonathan Alberto Fuentes a TRES (3) años de prisión de ejecución condicional, multa mínima y costas, por considerarlo autor penalmente responsable de confabulación en concurso real con tenencia simple (Exptes. FGR 5967/21 y FGR 12103/22); se dictó una única condena comprensiva con la impuesta en legajo MPFCU 48845/2022, quedando la PENA ÚNICA en TRES (3) años de ejecución condicional; se condenó a Nicolás Ariel Fuentes a DOS (2) años de prisión de ejecución condicional, multa mínima y costas por confabulación (Exptes. FGR 5967/21); se ordenó DESTRUIR la sustancia incautada y el decomiso de otros elementos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
"En virtud de todo lo anterior, la representante del Ministerio Público Fiscal explicó que las partes acordaron decretar la responsabilidad penal de los imputados... se pactó la modificación de la calificación legal oportunamente requerida, por el delito previsto en el artículo 29 bis de la ley 23.737, encuadrando el hecho en el delito de confabulación." (I.B / I.C).
"dada la calidad del estupefaciente incautado, el nivel de certidumbre exigido en está etapa procesal y las escasas pruebas tendientes a probar el destino de esa sustancia tóxica, entendió que la calificación que mejor se adecua a los hechos es la de confabulación en los términos del art. 29 bis de la ley 23.737." (II.A).
"Lo expuesto precedentemente encuentra respaldo suficiente en las pruebas obtenidas durante la instrucción del sumario... se complementa con el reconocimiento de los imputados, tanto en lo que se refiere a la existencia del hecho atribuido como en lo que atañe a su intervención..." (II.B).
"Por todo lo expuesto... habré de condenar a Jonatan Alberto FUENTES a la pena de TRES (3) años de prisión de ejecución condicional, multa mínima y el pago de las costas del proceso... A su vez, ... habré de DICTAR UNA UNICA CONDENA, compresiva... en la PENA UNICA de TRES (3) años... Por otro lado, habré de condenar a Nicolas Ariel FUENTES, a la pena de DOS (2) años de prisión de ejecución condicional..." (II.D / II.E).
- Disidencia: no consta voto en disidencia; la resolución es unipersonal por el Dr. Alejandro Cabral homologando el acuerdo.
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