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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ZACARIAS REYES, TEODARDO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Imputado fue juzgado por tenencia de 49.485 gramos de marihuana con fines de comercialización tras acuerdo de juicio abreviado. La Cámara (Juzgador unipersonal) condenó a Teodardo Zacarias Reyes a pena única de cuatro años y tres meses de prisión, multa de 45 unidades fijas y mantuvo el cumplimiento bajo arresto domiciliario, revocando la condicionalidad previa.

Tenencia con fines de comercializacion Marihuana Juicio abreviado Pena unica Revocacion condicionalidad Arresto domiciliario Multa unidades fijas Unificacion de penas Gendarmeria nacional Tribunal oral federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dr. Rodolfo Marcelo Molina y Fiscalía General Adjunta representada en la elevación por Dr. Sergio Mola). Demandado: Teodardo Zacarías Reyes (imputado). Objeto: Se le imputó la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización —retirar el 28/3/2024 una encomienda con 49.485 gramos de marihuana remitida desde Posadas— en infracción de la ley 23.737 (art. 5° inc. c) y art. 45 CP. Decisión: Se condenó a Teodardo Zacarías Reyes: pena de cuatro (4) años de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas, accesorias legales y costas por resultar autor penalmente responsable; en definitiva se impuso pena única de cuatro (4) años y tres (3) meses de prisión y multa de 45 unidades fijas —comprensiva de la pena previa en causa CFP 691/2017/TO1— revocándose la condicionalidad de aquella. Se mantiene la ejecución bajo arresto domiciliario con las reglas compromisorias. (Notifíquese, practíquese cómputo de pena y fórmese legajo de ejecución.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): “En base al acuerdo que arribó con ellos, solicitó que se condene a Teodardo Zacarías Reyes a la PENA de CUATRO (4) de PRISIÓN, MULTA de CUARENTA Y CINCO (45) unidades fijas, ACCESORIAS LEGALES y COSTAS del proceso (arts. 12, 21, 29 inc. 3°, 40, 41, 45 del Código Penal y art. 5° inc. ‘c’ de la ley 23.737).” “De esta manera, entonces, las evidencias hasta aquí ponderadas no solo han puesto de manifiesto el hallazgo del material estupefaciente, dentro del paquete sino también que el destinatario y en definitiva tenedor con fines de comercialización de los 49.485 gramos de marihuana, era Zacarías Reyes.” “La conducta atribuida al imputado encuadra en el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c de la ley 23.737, modificación ley 27.302, y art. 45 del CP), conforme fue aceptado por las partes en el marco del juicio abreviado.” “Conjugo a los antecedentes ponderados todo aquello que resulta de referir al caso las demás pautas de mensuración punitivas en las que imponen reparar los artículos 40 y 41 del Código Penal. Con sujeción a las mentadas pautas he entendido adecuada la pena acordada por las partes de cuatro (4) años y tres (3) meses de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas…” Sobre unificación y revocación: “La condena única que aquí se decide lleva consigo la revocación de la condicionalidad de la pena establecida en la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 3 en el marco de la causa n° CFP 691/2017/TO1.”
- Votos en disidencia relevantes: No se consignan votos en disidencia; la decisión es dictada por el Juez unipersonal que suscribe.

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