WORCUL, JORGE DANIEL c/ EMPESUR S.A Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor reclamó reparación civil por daños e incapacidad por accidente laboral ocurrido el 25/12/2004 contra EMPESUR S.A. y MAPFRE ART. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia que declaró prescripta la acción y rechazó las pretensiones, entendiendo fundada la fecha de inicio del cómputo de la prescripción el 07/05/2007.
¿Quién es el actor?
Jorge Daniel Worcul.
- Demandados: EMPESUR S.A. y MAPFRE Argentina ART.
- Objeto de la demanda: indemnización por reparación civil por daños y perjuicios derivados de incapacidad por accidente laboral (25/12/2004), cobertura de prestaciones médicas (interconsulta con Dr. Coplonch) e indemnización prevista en el art. 13 LCT; además planteos accesibles relativos a despido y salarios por enfermedad (remitidos a la vía laboral).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia (fs. 780) en todo cuanto fue materia de apelación, declarando la acción prescripta respecto de las pretensiones indemnizatorias derivadas de la incapacidad y rechazando la demanda por la cobertura reclamada (salvo lo ya indicado por el a quo respecto de la interconsulta), con costas de alzada sin imposición por no haber intervenido la contraria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Como puede observarse, la cuestión central a determinar es si, efectivamente, por el transcurso del tiempo, la acción se encuentra prescripta, del modo en que concluyó el magistrado de la anterior instancia... liminarmente señalaré que, ya sea que examine el caso a la luz de las previsiones del entonces vigente Código Civil o de la Ley de Contrato de Trabajo, adelanto que coincido con el magistrado de grado en cuanto a que la acción entablada por el actor con fecha 18/12/2009 se encuentra prescripta."
"Siendo así, en concordancia con la interpretación del magistrado de la anterior instancia, considero acertada la fecha fijada para el inicio del cómputo de la prescripción pues en dicho momento el conocimiento del daño puede reputarse razonablemente conocido, aun ante la persistencia y/o aparición de nuevos síntomas vinculados, con lo cual, propondré que la prescripción declarada sea confirmada."
Complemento: el tribunal también sostuvo que la misiva dirigida a Mapfre ART solo tuvo por objeto la interconsulta con el Dr. Coplonch y no suspendió la prescripción respecto de las demás prestaciones reclamadas; además constató que el actor fue asistido por el Hospital Distrital de Puerto Deseado desde 2007 y luego por el INSSJP, por lo que no quedó acreditado perjuicio por falta de cobertura.
- Voto/s: El Dr. Javier M. Leal de Ibarra votó por confirmar la sentencia y el Dr. Aldo E. Suárez adhirió; no hubo disidencia.
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