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SUAREZ LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes varios de un beneficio previsional otorgado con fecha de adquisición 28/7/2021. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, aplicando la normativa vigente (leyes 27.426 y 27.609) y los precedentes de la Corte sobre la comparación del haber inicial para determinar eventual confiscatoriedad.

Reajustes varios Pbu Ley 24.241 Leyes 27.426 y 27.609 Quiroga Confiscatoriedad Costas Honorarios alzada 30% Anses Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

SUAREZ LUIS ALBERTO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional (cuestiones vinculadas a la actualización de la PBU y remuneraciones computables para el cálculo inicial), beneficio con fecha de adquisición del derecho 28/7/2021 al amparo de la ley 24.241 y sus modificatorias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró formalmente admisible el recurso deducido y confirmó la sentencia apelada, imponiendo las costas en la alzada por su orden y fijando las labores de la alzada de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 28/7/2021 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas." "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes “Quiroga, Carlos Alberto”, “Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios”, ... donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia..." "Al respecto, desde la entrada en vigencia de las leyes 27.426 y 27.609, se evidencia una clara decisión legislativa en orden al índice que corresponde considerar a los fines de la actualización de las remuneraciones, por lo tanto, la pretensión de la parte actora referida a la aplicación al caso de autos de los precedentes “Elliff... ” y “Blanco... ” debe rechazarse." "Imponer las costas en la Alzada por su orden en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ... Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)."
- Votos/datos adicionales: La Dra. Viviana P. Piñeiro no votó por encontrarse en uso de licencia. Los jueces que firmaron y forman el acuerdo fueron Victoria Perez Tognola y Adriana Claudia Cammarata; la resolución final (confirmatoria) es la que surge del acuerdo.

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