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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LAHORCA, BENITO MARTIN s/ESTAFA DAMNIFICADO: MARDARDJIAN, RUTH NOEMI

Juicio abreviado por defraudación mediante manipulación informática contra Benito Martín Lahorca; la Cámara (Tribunal Oral N°12, integración unipersonal) lo condenó a tres meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas por haber recibido y transferido fondos producto de la maniobra, validando el acuerdo de juicio abreviado por resultar la pena razonable y proporcional.

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¿Quién es el actor?

El auxiliar fiscal Dr. Martín Ordóñez Correa (con conformidad del Dr. Juan Molinas, defensor coadyuvante).
- Demandado / Imputado: Benito Martín Lahorca (DNI N° 21.628.421).
- Objeto de la causa: Proceso por el delito de defraudación mediante manipulación informática, en calidad de partícipe necesario, por una maniobra que ocasionó el desapoderamiento de $164.000 a la víctima Ruth Noemí Mardardjian.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Benito Martín Lahorca a la pena de tres meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas; se fijó vencimiento de la pena el 17/09/2025 y la caducidad registral para el 17/09/2035; se intimó al pago de $4.700 por tasa de justicia y se ordenaron notificaciones y registros pertinentes. La sentencia valida el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre las partes.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que el auxiliar fiscal, Dr. Martín Ordóñez Correa, con la conformidad del doctor Juan Molinas, Defensor Coadyuvante de la Defensoría Oficial nro. 10, presentó un acuerdo en el que solicitó que se imprima a este proceso el trámite abreviado que prevé el artículo 431 bis del CPPN; previamente asesorado por su representante legal, BENITO MARTÍN LAHORCA prestó conformidad con proceder de esta forma y, así, reconoció su participación en el hecho por el que fue acusado, descripto en el requerimiento de remisión de la causa a juicio de fojas 16/17 del expediente digital y la calificación legal allí consignada." "Tengo por acreditado con la certeza que requiere un pronunciamiento condenatorio e independientemente del reconocimiento efectuado por la persona imputada, que el día 27 de marzo de 2023, alrededor de las 18:50 horas, BENITO MARTÍN LAHORCA participó de la maniobra defraudatoria que damnificó a Ruth Noemí Mardardjian." "En efecto, a partir del suceso que he tenido por probado y atendiendo a las circunstancias en las que se verificó, la conducta atribuida a BENITO MARTÍN LAHORCA constituyó el delito de defraudación mediante manipulación informática en calidad de partícipe necesario (artículos 45 y 173 inciso 16 del Código Penal). El ardid probado es lo que derivó en el desapoderamiento de la víctima de la suma mencionada; y quien ejecutó la maniobra engañosa pudo disponer del dinero."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el acuerdo final transcripto.

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