Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AVATI, LORENA s/AVERIGUACION DE DELITO DENUNCIANTE: UFISES
Imputaron a Lorena Esther Avati por defraudación a la ANSES por un crédito web de $50.000 tramitado post mortem a nombre de su padre. La Cámara (Tribunal Oral de San Martín) la condenó a 2 años de prisión (ejecución condicional) e impuso reglas de conducta por dos años y costas por $4.700.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (actuó el Fiscal General Dr. Carlos Cearras).
- A quién se demanda (Demandado/imputada): Lorena Esther Avati.
Objeto: Se le imputó la comisión del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública por haber gestionado y percibido indebidamente, en calidad de apoderada de su padre José Ángel Avati (fallecido el 22/08/2021), un crédito “web” por la suma de $50.000 tramitado post mortem (23/08/2021) desde la IP 179.51.239.162 y cobrado el 25/08/2021 mediante retiro en ventanilla en sucursal Banco Provincia Villa Celina, provocando perjuicio a la ANSES.
Decisión: Se condenó a Lorena Esther Avati a la pena de dos (2) años de prisión por ser autora penalmente responsable del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública (arts. 45 y 174 inc. 5º en función del 172 CP). Se suspendió condicionalmente la ejecución de la pena por dos años, imponiéndosele las reglas de conducta de fijar residencia, someterse al cuidado del Patronato de Liberados y abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas; además se le impusieron las costas del proceso, de las cuales $4.700 corresponden a la tasa de justicia, a hacerse efectivo en cinco días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
1) "…Lorena Esther Avati, defraudó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) al haber percibido indebidamente, en calidad de apoderada de su padre José Ángel Avati -quien falleciera el 22 de agosto de 2021-, un crédito web tramitado a nombre de su progenitor, por la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000)."
2) "El mismo fue tramitado post mortem, más precisamente el 23 de agosto de 2021, a las 08:51 horas, desde la IP 179.51.239.162, cuyo cobro se efectivizó el día 25 de agosto de 2021, mediante el retiro del efectivo por ventanilla en la sede del Banco de la Provincia de Buenos Aires -Sucursal 5013 Villa Celina-, provocando con dicho actuar un perjuicio en las arcas de la Administración Nacional de la Seguridad Social."
3) "De esta manera, entiendo que, tal como lo propusiera el Sr. Fiscal, corresponde imponer a Lorena Esther Avati la pena de dos (2) años de prisión. Asimismo, coincido con el Sr. Fiscal General en cuanto a que la misma debe ser dejada en suspenso, conforme las pautas establecidas en el artículo 26 del Código Penal…"
4) Sobre prueba pericial: "La firma obrante en el ticket de retiro de efectivo ... de fecha 25 de agosto de 2021 ... se corresponde con las firmas indubitables de LORENA ESTHER AVATI."
5) Calificación legal: "La conducta descrita y probada ... constituye el delito de defraudación cometida en perjuicio de la administración pública ... (artículos 45 y 174, inciso 5º en función del 172 del Código Penal)."
- No obra voto en disidencia en la sentencia analizada.
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