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ROMERO, JAVIER LEONIDAS c/ ESTADO NACIONAL, MINISTERIO DE SEG. DE LA NACION, GEN. NAC. Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Acción de un gendarme contra el Estado por la elevación del aporte previsional a través del DNU 679/97; se declaró la inconstitucionalidad del decreto y se ordenó el cese del descuento y el reintegro de las sumas descontadas con intereses. La sentencia aplicó el precedente Pino de la CSJN y dispuso que el aporte vuelva al 8% conforme Ley 22.788, imponiendo las costas a la demandada.

Decreto 679/97 Inconstitucionalidad Aportes previsionales Ley 22.788 Gendarmeria nacional Reintegro Tasa pasiva bcra Costas Honorarios uma Dnu


¿Quién es el actor?

Sr. Javier Leonidas Romero (representado por la Dra. Yesica Edith Schwab Grünewald).
- Demandados: Estado Nacional (Ministerio de Seguridad – Gendarmería Nacional) y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Se impugna la constitucionalidad del Decreto Nº 679/97 por haber elevado de 8% a 11% el descuento sobre el haber mensual y suplementos sujetos a aportes (Ley 22.788); se reclama el reintegro de las sumas descontadas indebidamente y se solicita la extensión temporal de la decisión para cuando la parte obtenga el beneficio jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto Nº 679/97; se ordenó el cese del descuento excesivo a partir de la liquidación del mes siguiente a que la sentencia quede firme y que el aporte quede regulado por la Ley 22.788 a cargo del Estado Nacional – Gendarmería Nacional como agente de retención; se ordenó el pago en concepto de reintegro de las sumas equivalentes al 3% descontado en exceso por el bienio anterior a la interposición de la demanda, con intereses a la tasa pasiva del BCRA desde cada descuento hasta el efectivo pago, con liquidación a realizar por la demandada en 30 días previa presupuestaria; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de la letrada de la actora en 20 UMA ($1.464.080).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "La Corte Suprema analizó las consideraciones y fundamentos en los que el Poder Ejecutivo se basó para dictar el acto, y concluyó que el dictado del decreto no obedeció medidas a la necesidad de adoptar inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que atentara contra el normal funcionamiento del sistema previsional de Gendarmería Nacional, sino que importaron la decisión de modificarlo de forma permanente y sin recorrer el cauce normal que la Constitución Nacional prevé, por lo que declaró la inconstitucionalidad del decreto bajo análisis (cfr. fallo citado, considerandos Nº 11 y 12)." "Dado que en la causa no se han aportado elementos válidos que permiten adoptar un temperamento distinto, las conclusiones vertidas en el precedente 'Pino' resultan plenamente aplicables y obliga, en consecuencia, a considerar procedente la declaración de inconstitucionalidad pretendida del Decreto Nº 679/97." "En atención a lo solicitado en el escrito de demanda, concluyo que se reconocerá el derecho de la parte actora a percibir las diferencias reconocidas devengadas durante los dos últimos años a contar desde la interposición de la acción judicial -o desde la fecha de alta del beneficio previsional, si este fuera posterior-, conforme art. 2 de la ley 23.627 y art. 2562 inc. c del CCyCN."
- Disidencias: No registra votos en disidencia; la resolución es unitaria proferida por el Juzgado Federal de Esquel (Dr. Guido S. Otranto).

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