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Incidente Nº 3 - IMPUTADO: MARTINEZ, FERNANDO s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)

Audiencia por extinción de la acción penal y pedido de sobreseimiento por cumplimiento de reglas de conducta en causa por tentativa de contrabando de exportación. El Juzgado dictó el sobreseimiento de Fernando Martínez por cumplimiento de las reglas de conducta y por aplicación de los arts. 35 y 269 inc. g) del C.P.P.F., 76 bis y 59 inc. 7° del C.P., declarando el cierre definitivo e irrevocable del proceso.

Sobreseimiento Extincion de la accion penal Suspension del proceso a prueba Cumplimiento de reglas de conducta Tentativa de contrabando de exportacion Ley 22.415 C.p.p.f. art. 269 g) Art. 273 c.p.p.f. Juzgado federal de garantias Tartagal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (representado en la audiencia por el Auxiliar Fiscal Dr. Matías Aguilera y la Fiscal Dra. Lucía Orsetti). Demandado: Sr. Fernando Martínez, DNI N° 39.006.708. Objeto: Se solicitó la extinción de la acción penal y el dictado del sobreseimiento respecto del Sr. Martínez, por cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en la suspensión del proceso a prueba, en el marco de la investigación por tentativa de contrabando de exportación (arts. 863, 864 y 871 Ley 22.415). Decisión: Se hizo lugar al pedido y se dictó el sobreseimiento respecto del Sr. Fernando Martínez, por extinción de la acción penal por cumplimiento de las reglas de conducta, conforme a los arts. 35 y 269 inc. “g” del C.P.P.F. y 76 bis y 59 inc. 7° del C.P., con aplicación de lo previsto en el art. 273 del C.P.P.F.; se ordenó practicar las comunicaciones de rigor, notificar y cumplimentar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Efectivamente tengo en mi vista la instancia del sobreseimiento por parte de la titular de la Fiscalía, la Dra. Orsetti. Tal como lo referenció el defensor, cuando se llevó adelante la homologación de la suspensión del proceso a prueba, se impusieron medidas que al día de la fecha, por lo que informan las partes, da cuenta de los cumplimientos, tanto las donaciones como las tareas comunitarias y es importante resaltar la carencia de antecedentes penales a la fecha. A partir de todo ello: RESUELVO: I.
- DICTAR EL SOBRESEIMIENTO respecto del Sr. Fernando Martínez, DNI N° 39.006.708 y demás condiciones personales por la extinción de la acción penal por cumplimiento de las reglas de conducta en el marco de la presente Carpeta Judicial, respecto del hecho por el cual se llevó adelante la formalización el 08 de noviembre de 2022, en orden al delito de tentativa de contrabando de exportación, reprimido en los arts. 863, 864 y 871 de la ley 22.415. Este sobreseimiento se formula a partir de las disposiciones de los arts. 35 y 269, inc. 'g' del C.P.P.F. y 76 bis y 59, inc. 7° del C.P. y los alcances que se le dan a estos artículos son los que prevé el art. 273 del C.P.P.F. y cuenta que una vez que se dicta el sobreseimiento se cierra de definitiva e irrevocable el proceso. II.
- PRACTÍQUESE por Oficina Judicial las comunicaciones de rigor, NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE."
- Actuaciones relevantes: Se indicó que con fecha 15/11/2023 se homologó la suspensión del proceso a prueba; informe de la DCAEP de fecha 14/11/2024 que acredita cumplimiento de tareas comunitarias y donación; informe del Registro Nacional de Reincidencia que acredita ausencia de antecedentes computables. (No hubo votos en disidencia; la Fiscalía y la Defensa manifestaron conformidad con el sobreseimiento y la Jueza resolvió conforme a lo solicitado por las partes.)

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