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Incidente Nº 1 - ACTOR: LEGUIZAMON, FABIAN OMAR DEMANDADO: ARCA s/INC HONORARIOS

Amparo de jubilado contra ARCA por retención del Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales y pedido de devolución. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia, entendiendo que el allanamiento de ARCA fue real y oportuno, corresponde imponer costas por su orden y regular honorarios conforme a la ley 27.423.

Amparo Impuesto a las ganancias Jubilados Allanamiento Costas Honorarios Ley 27.423 Uma Arca Convencion interamericana personas mayores


¿Quién es el actor?

LEGUIZAMON FABIÁN OMAR (amparado / actora).

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y otros (agentes de retención).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo para que cese la retención del Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales y devolución de lo retenido por cinco años más intereses; incidente de regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y se confirmó la sentencia de primera instancia en lo materia de apelación y agravios. Se recomendó al organismo tributario (ARCA) adoptar medidas administrativas positivas conforme la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores; se impusieron las costas por su orden (art. 36 Ley 27.423) y se regularon honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia, fijando para el letrado de la actora $65.883,60 (0,9 UMA), con actualización al momento del pago.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Para que proceda la exención de costas, el allanamiento debe ser real, incondicionado, oportuno, total y efectivo." "Es sabido que en los juicios de amparo debe fallarse con arreglo a la situación fáctica y jurídica existente a la fecha de la sentencia, teniendo en cuenta no sólo los factores iniciales sino también los sobrevinientes, sean agravantes o no (Fallos 313:344)." "En consecuencia, en coincidencia con lo resuelto por la Jueza de grado, el allanamiento formulado por el organismo tributario reúne los recaudos para su acogida favorable, de conformidad con lo dispuesto por el art. 70 del CPCCN." "Por lo expuesto, corresponde confirmar la imposición de costas por su orden en primera instancia." "Estimo que los argumentos brevemente referidos justifican aplicar el mencionado art. 1255 del CCCN ... En consecuencia, me pronuncio por confirmar la regulación decidida en primera instancia."
- Disidencia: No obra disidencia; el acuerdo fue por unanimidad (constan dos votos y firma; un vocal se hallaba con licencia).

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