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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CAMARGO, ELIANA ALEJANDRA s/INFRACCION LEY 23.737

Suspensión de juicio a prueba cumplida y extinción de la acción penal por infracción a la Ley 23.737. La Cámara (Tribunal Oral Federal de San Juan) sobreseyó a Eliana Alejandra Camargo por extinción de la acción penal y ordenó la devolución de ciertos efectos y el decomiso y destrucción del material estupefaciente.

Suspension de juicio a prueba Sobreseimiento Extincion de la accion penal Ley 23.737 Decomiso Destruccion de estupefacientes Ministerio publico fiscal Art. 76 ter cp Tribunal oral federal Devolucion de efectos.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (intervino con opinión favorable en el incidente de ejecución).
- A quién se demanda (Demandado / Imputada): Eliana Alejandra Camargo (DNI 36.031.559). Objeto: Se dictó resolución para declarar la extinción de la acción penal y sobreseer a la imputada en la causa por infracción a la Ley 23.737, por haberse cumplido la suspensión de juicio a prueba; además se dispone la devolución de ciertos efectos y el decomiso y destrucción del material estupefaciente. Decisión: Se hace lugar al sobreseimiento de Eliana Alejandra Camargo por extinción de la acción penal (art. 76 ter CP y art. 336, inc. 1º CPPC). Se ordenó la devolución de los efectos detallados en el anexo de fecha 17/9/2018 y se dispuso el decomiso y destrucción del material estupefaciente secuestrado, con las notificaciones y diligencias de protocolo correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes): "I.
- Que mediante resolución de fecha 12 de junio 2023, este Tribunal dispuso hacer lugar a la suspensión de juicio a prueba solicitada por la imputada Eliana Alejandra Camargo, por el término de un (1) año, e imponer a la nombrada el cumplimiento de reglas de conducta, todo de conformidad a lo prescripto por el art. 27 bis del Código Penal, realizar tareas comunitarias y el pago de un monto reparatorio." "II.
- Que tal como surge del Incidente de Ejecución, en mi función de Juez de Ejecución, mediante resolución de fecha 22 de julio de 2025 y previo dictamen favorable del Ministerio Publico Fiscal, consideré cumplidas las medidas ordenadas en la suspensión de juicio a prueba, remitiendo las actuaciones a este Tribunal de Juicio." "III.
- Que en atención a lo expuesto anteriormente y oída la opinión favorable del Ministerio Público Fiscal, y en mérito a lo normado por el art. 76 ter, cuarto párrafo -primera parte-, del C.P. y los arts. 2, 3, y 4 del Decreto Reglamentario 807/2004 de la ley 24.660; considero que corresponde el sobreseimiento de Camargo."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto de la resolución final.

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