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SCARANO, MARIA RAQUEL c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PFA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Reclamó la actora el pago del coeficiente de bonificación previsto por la ley 19.485 en sus haberes de retiro y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó a la Caja pagar el beneficio y las diferencias con retroactividad conforme lo fijado por el juez de grado.

Ley 19.485 Bonificacion Jubilaciones Caja de retiros policia federal Recurso de apelacion Confirmacion Retroactividad Prescripcion Costas Precedentes fcr 17385/2019


¿Quién es el actor?

SCARANO, MARIA RAQUEL.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (C.R.J.P.P.F.).
- Objeto de la demanda: Pago del coeficiente de bonificación establecido por el art. 1 de la ley 19.485 en los haberes de retiro y diferencias retroactivas (dos años desde la interposición de la demanda o desde el pase a retiro, según correspondiera).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó el pronunciamiento de fs. 60 en todo cuanto fue materia de apelación, y dispuso sin costas de alzada por no haber intervenido la contraria en el trámite del recurso.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia definitiva de fs. 60 ... dispuso hacer lugar a la demanda entablada por la actora, ordenando a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal abonar en sus haberes de retiro – a partir de su próxima liquidación
- el coeficiente de bonificación establecido por el art. 1 de la ley 19.485, en la medida en que continúen residiendo en el ámbito geográfico de aplicación; y abonar las diferencias con una retroactividad de dos años computables desde la fecha de interposición de la demanda (16/06/2024)–o fecha de pase a retiro si fuere posterior-, con el carácter expuesto en los considerandos, debiendo restarse en la liquidación los descuentos de ley." "Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: 'PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DERETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ... s/REAJUSTE DE HABERES', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
- Votos: El Dr. Javier M. Leal de Ibarra expuso los fundamentos y concluyó por confirmar la sentencia; el Dr. Aldo E. Suárez adhiere al voto precedente. No hubo disidencia.

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