Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PACHECO, CESAR MAXIMILIANO s/USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296) y FALSIFICACION DE DOCUMENTO - PROPIEDAD AUTOMOTOR
El imputado fue juzgado por utilización de documento o certificado falso o adulterado vinculado a falsificación de título automotor. La Cámara homologó el juicio abreviado y condenó a César Maximiliano Pacheco a un (1) año de prisión de ejecución condicional, unificó la pena con una condena previa y fijó pena única de cinco (5) años y seis (6) meses, ordenando decomiso y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Subrogante, Dr. Pablo Camuña).
Demandado: César Maximiliano Pacheco, DNI 44.477.177, con domicilio en Granaderos de San Martín 833, San Miguel de Tucumán.
Objeto: Se juzgó la utilización de documento o certificado falso o adulterado (art. 296 CP y conexos) y falsificación de documento relativo a propiedad automotor; las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado.
Decisión: Se homologó el acuerdo y se condenó a César Maximiliano Pacheco a la pena de UN (1) año de prisión de ejecución condicional y al pago de las costas en el plazo de diez días; además se unificó esa pena con la dictada en legajo S090774/2023, fijándose una pena única de CINCO (5) AÑOS y SEIS (6) MESES de prisión y accesorias; se ordenó el decomiso de los elementos secuestrados y que, por Secretaría y una vez firme, se practique el cómputo de la pena y planilla de costas procesales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) Sobre la subsunción y prueba: "Este plexo probatorio habilita afirmar que no se advierten vicios de razonabilidad para formular oposición a la subsunción de la conducta al tipo penal que describe el delito de UTILIZACIÓN DE UN DOCUMENTO O CERTIFICADO FALSO O ADULTERADO (artículos 292 y 296 del Código Penal de la Nación)".
2) Sobre la homologación del quantum: "También se comparte el quantum de la pena que han acordado las partes, en tanto se encuentran comprendida dentro de la escala que reprimen la figura penal reprochada, imponiendo UN (1) año de prisión de ejecución condicional y las costas del presente proceso (artículos 27, 27 bis, 29 inciso 3°, 45, 292 y 296 del Código Penal de la Nación y arts. 530 y 531 del CPPN)".
3) Sobre la unificación y pena única: "Se homologa también, atento a la condena dictada por el Colegio de Jueces del Centro Judicial Capital ... que se aplique el método composicional y se condene a CESAR MAXIMILIANO PACHECHO S a la PENA ÚNICA de CINCO (5) AÑOS y SEIS (6) MESES de prisión y accesorias."
4) Sobre el decomiso: "Atento lo dispone la ley corresponde y así se resuelve, ordenar el decomiso de los elementos secuestrados (23 del Código Penal)."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el texto aportado; la decisión consta como resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán y fue firmada por el Juez Abelardo Jorge Basbus.
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