Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RODRÍGUEZ (DC2), LUIS ANIBAL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) PRESENTANTE: COMPULSA FMZ 561/2023 Y OTROS
Condenan a Luis Aníbal Rodríguez Andino por tenencia y transporte de estupefacientes agravado y le imponen 7 años y 2 meses de prisión y multa. La Cámara Oral Federal de Mendoza ordenó además el decomiso de dinero, celulares y del vehículo Fiat Toro AD590HS, la destrucción de la droga incautada, el pago de costas y la práctica del cómputo de pena.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado por la Dra. Analía Zanessi, Auxiliar Fiscal, y el Fiscal Federal Dr. Federico Baquioni).
- Demandado / Imputado: Luis Aníbal Rodríguez Andino, DNI N° 18.494.956.
- Objeto de la demanda: Proceso penal por infracción a la Ley 23.737, art. 5 inciso c) en las modalidades de tenencia y transporte de estupefacientes, agravado por el art. 11 inciso c) de la Ley 23.737.
¿Qué se resolvió?
Se condenó a Luis Aníbal Rodríguez Andino a la pena de siete (7) años y dos (2) meses de prisión, multa de 67,5 unidades fijas, accesorias y costas; se ordenó el decomiso del dinero, aparatos celulares y del vehículo Fiat Toro dominio AD590HS; se ordenó la destrucción de la sustancia estupefaciente y de los elementos de fraccionamiento incautados; se impusieron las costas y la tasa de justicia de $4.700; se remitirá copia al Servicio Penitenciario Federal y al Registro Nacional de Reincidencia; y se practicará cómputo de pena o cómputo provisorio de detención.
- Fundamentos principales (transcripciones de los párrafos/fragmentos relevantes del fallo):
"Poniendo así fin al debate, el Tribunal FALLA: 1. CONDENANDO a Luis Aníbal Rodríguez Andino a la pena de SIETE (7) AÑOS y DOS (2) MESES DE PRISIÓN, Y MULTA DE 67 ,5UNIDADES FIJAS, ACCESORIAS Y COSTAS, por resultar autor penalmente responsable (art. 45 del CP) de la infracción al art. 5 inciso c) en las modalidades de tenencia y transporte de estupefacientes, agravado por el artículo 11 inciso c) de la Ley 23.737."
"2. ORDENANDO EL DECOMISO del dinero, aparatos celulares secuestrados, como así también del vehículo marca Fiat Toro, dominio AD590HS secuestrado el día de su detención, a los términos del artículo 23 del Código Penal y dejando a salvo mejores derechos de terceros."
"3. ORDENANDO LA DESTRUCCIÓN de la sustancia estupefaciente y de los elementos de fraccionamiento incautados, a los términos del art. 30 de la ley 23737."
"4. IMPONIENDO al condenado las costas del juicio y el pago de la tasa de justicia, que asciende a la suma de pesos cuatro mil setecientos ($4700,00) (cfr. arts. 5 y 6, Ley Nº 23.898), la que deberá abonarse en el término de cinco (5) días de que la presente decisión adquiera firmeza."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte dispositiva final; la resolución aparece suscripta por los Jueces de Cámara integrantes.
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