VELAZQUEZ, LUCIA ESTELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes y la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo; la demandada ANSES apeló la resolución de primera instancia. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de ANSES, confirmó la exención del impuesto sobre el retroactivo, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios en un 30% de lo de primera instancia.
¿Quién es el actor?
VELAZQUEZ, LUCIA ESTELA.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios y, en particular, la declaración de que el retroactivo ordenado no deba ser afectado por el impuesto a las ganancias; plus impugnación de la imposición de costas y petición de que se impongan por el orden causado.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada; se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423) y se regularon los honorarios profesionales en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"Le ofende que el Juez disponga que el retroactivo abonado a la actora esté exento de la aplicación del impuesto a las ganancias."
"Cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP aunque sea el órgano ejecutor de la ley impositiva, toda vez que no se cuestiona la constitucionalidad de la ley sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso y por ello, para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio, sin planteo alguno de la actora, la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita."
"Por lo expuesto se debe confirmar el resolutivo en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
"Respecto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
"Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida (Fallo 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' art. 36 de la ley nº 27.423)."
"Los honorarios de los profesionales intervinientes se regularán en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia (art. 30 de la Ley n° 27.423)."
- Votos: El Dr. Manuel A. Pizarro emitió el voto que resuelve el caso; los Dres. Juan I. Pérez Curci y Gustavo E. Castiñeira de Dios adhieren. No consta disidencia.
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