MAMANI, MAURO DARIO EZEQUIEL c/ ESTADO NACIONAL, MINISTERIO DE SEG. DE LA NACION, GEN. NAC. Y OTRO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El actor, personal en actividad de Gendarmería Nacional, demandó declaratoria de inconstitucionalidad del Decreto Nº 679/97 y reintegro de lo descontado por aportes. El Juzgado Federal de Esquel hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el Decreto 679/97, ordenó cesar el descuento excesivo, ordenar el reintegro de las sumas correspondientes por el bienio anterior con intereses a la tasa pasiva del BCRA y condenó en costas al Estado.
¿Quién es el actor?
Mauro Dario Ezequiel Mamani, asistido por la Dra. Yesica Edith Schwab Grünewald.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional) y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (esta última declarada rebelde en la causa).
- Objeto de la demanda: Se pidió la declaración de inconstitucionalidad del Decreto N° 679/97 por haber elevado de 8% a 11% el descuento sobre el haber mensual y suplementos sujetos a aportes (Ley 22.788), la restitución de las sumas descontadas indebidamente (con intereses) por el bienio anterior a la demanda, y que al obtener el beneficio jubilatorio se aplique el aporte del 8%.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto Nº 679/97; se ordenó el cese del descuento del 3% aplicado en exceso a partir de la liquidación del mes siguiente a que la sentencia quede firme, imponiendo que el aporte se regule conforme la Ley 22.788 y que lo haga cumplir el Estado Nacional
- Gendarmería Nacional (art. 2, decreto 760/18); se ordenó el pago en concepto de reintegro de las sumas apropiadas por el exceso del 3% correspondientes al período bienal anterior a la interposición de la demanda, con intereses desde cada descuento hasta su pago en efectivo según la tasa pasiva del BCRA, con liquidación que la demandada deberá efectuar dentro de los 30 días (previa disponibilidad presupuestaria); se impusieron las costas a la parte demandada; y se regularon honorarios para la representación letrada del actor en 20 UMA ($1.464.080) y 3 UMA ($219.612) por la incidencia del 19/05/2025.
- Fundamentos principales (extractos textuales relevantes de la sentencia):
"Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Mauro Dario Ezequiel MAMANI y, en consecuencia, declarar en el presente caso la inconstitucionalidad del decreto Nº 679/97."
"Ordenar el cese del descuento sobre el haber mensual de la parte actora ... y disponer que su aporte quede regulado por el sistema establecido en la Ley 22.788, imponiendo su cumplimiento en cabeza del Estado Nacional
- Gendarmería Nacional en su carácter de agente de retención (art. 2, decreto 760/18)."
"Ordenar a la demandada que pague en concepto de reintegro las sumas devengadas por el descuento del 3% aplicado en exceso ... por el período bienal anterior a la interposición de la demanda más los intereses ... según la tasa pasiva del BCRA ... dentro del plazo de 30 días, previa presupuestaria."
Considerando precedente vinculante: "La Corte Suprema analizó ... y concluyó que el dictado del decreto no obedeció medidas a la necesidad de adoptar inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia ... por lo que declaró la inconstitucionalidad del decreto." (cita del precedente "Pino").
- Observaciones procesales relevantes: la Caja de Retiros fue declarada rebelde; se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por el Estado Nacional; se reconoció la procedencia del reintegro por el bienio anterior conforme art. 2 Ley 23.627 y art. 2562 inc. c del CCyCN; los intereses se fijaron conforme a la jurisprudencia de la CSJN ("Palmieri", "Martinez") a la tasa pasiva del BCRA. No se hizo lugar al pedido de exención del impuesto a las ganancias sobre las retroactividades (se remite al Capítulo IV de la Ley 20.628). No hubo votos en disidencia registrados en la resolución final.
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