Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SAVODIVKER DE VICO, THIAGO SEBASTIAN Y OTROS s/ROBO DE AUTOMOTOR O VEHICULO EN LA VIA PUBLICA DAMNIFICADO: ESPERON , MARINA ALEJANDRA
Solicitaron la absolución de un menor imputado por tentativa de robo de vehículo agravado; la Cámara (Tribunal Oral de Menores N°1 en actuación unipersonal por la Dra. María Rosa Cassará) absolvió al joven conforme al art. 4º de la ley 22.278 y ordenó el levantamiento de la inhibición sobre sus bienes por carecer la pena de finalidad preventiva especial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Intervino la Fiscalía General interina (Dra. María Fernanda Poggi) y las defensas públicas (Dra. Nelly Allende y Dr. Gustavo Fernández); las partes presentaron en conjunto el pedido de absolución en los términos del art. 4° de la ley 22.278.
Demandado: T. S. S. D. V. (menor imputado).
Objeto: Absolución del joven por el delito de robo de vehículo dejado en la vía pública, agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda, en grado de tentativa, según lo previsto por el art. 4° de la ley 22.278.
Decisión: Se hizo lugar al pedido y se ABSOLVIÓ a T. S. S. D. V. en orden al delito indicado, SIN COSTAS; además se ORDENÓ el levantamiento de la inhibición general de bienes que pesaba sobre su patrimonio (art. 402 CPPN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Así las cosas, la presente causa se encuentra en condiciones de recibir pronunciamiento definitivo pues se han cumplido los requisitos establecidos por el art. 4° de la ley 22.278 para resolver la situación del encartado."
"En mi opinión, no se da en autos la circunstancia que contempla la doctrina que surge de los fallos 'Tarifeño', 'José Armando García', 'Julio Pablo Cattonar' y 'Julio Gabriel Mostaccio'... En efecto, T. S. S. D. V. ya ha sido declarado penalmente responsable en razón de los elementos probatorios producidos en la instrucción, estableciéndose su culpabilidad en el evento sub examine..."
"Sin perjuicio de lo sustentado, luego de examinar las constancias de la causa y del expediente tutelar considero ajustada a derecho la propuesta de absolución acordada por las partes en el entendimiento de que esta actividad delictiva fue un acontecer aislado, propio de la inmadurez del joven."
"A partir de ello, conforme lo han entendido también las partes, la aplicación de una condena al joven S. por un delito que cometió cuando contaba con menos de dieciocho años de edad, carece de cualquier fin preventivo especial al que aspira la legislación nacional e internacional aplicable al caso."
Por ello, en aplicación del artículo 4º de la ley 22.278 ... RESUELVO: 1) ABSOLVER a T. S. S. D. V.... 2) ORDENAR el levantamiento de la inhibición general de bienes que pesa sobre el patrimonio de T. S. S. D. V. (art. 402 del Código Procesal Penal de la Nación).
(No hubo votos en disidencia relevantes en el texto aportado.)
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