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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CONTRERAS, JUAN CARLOS s/ROBO

Juicio abreviado por intento de robo de un semáforo; la Cámara homologó el acuerdo y condenó a Juan Carlos Contreras a seis meses de prisión por robo en grado de tentativa, declaró su reincidencia y ordenó la restitución del semáforo al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Robo en grado de tentativa Juicio abreviado Reincidencia Pena seis meses Restitucion de bienes Notificacion a la victima Codigo penal arts. 164/45 C.p.p.n. art. 431 bis Sentencia penal Costas procesales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Marcelo Martínez Burgos; la víctima material es el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Demandado: Juan Carlos Contreras (DNI 35.221.092). Objeto: Se lo imputó por intentar apoderarse ilegítimamente de un semáforo municipal (semáforo ubicado en California y Magaldi) mediante fuerza en las cosas; inicio y trámite por sumario policial n° 606916/25 y causa n° 38473/25. Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó a Juan Carlos Contreras a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlo autor penalmente responsable del delito de robo, en grado de tentativa; se lo declaró reincidente conforme al art. 50 C.P. (redacción Ley 27.785); se fijó vencimiento de la pena el 1/02/2026 (libertad a las 12 horas) y caducidad del registro el 1/02/2036; se dispuso notificar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como víctima (art. 11 bis Ley 24.660) y la devolución del semáforo secuestrado (art. 523 C.P.P.N.); costas procesales a cargo del condenado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Por ello, la calificación legal en la cual corresponde encuadrar la conducta atribuida a Juan Carlos Contreras -tal como lo acordaron las partes
- es la de robo en grado de tentativa (art. 42, 44, 45 y 164 del Código Penal)." "De acuerdo con la petición formulada por el Sr. Fiscal y del conocimiento de visu que efectuara el Suscripto del imputado, conforme las pautas de mensuración prescriptas por los artículos 40 y 41 del C.P., no existen razones que justifiquen la aplicación de una sanción menor a la propuesta. Es por ello, que entiendo razonable y ajustada a derecho, para el caso de Contreras, la aplicación de la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento." "En síntesis, he de homologar el acuerdo efectuado por las partes por las consideraciones que se realizarán seguidamente." (Se incorpora además, como parte resolutiva y dispositiva del pronunciamiento): "I. CONDENAR a JUAN CARLOS CONTRERAS ... a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN y costas procesales, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de robo, en grado de tentativa ... II. DECLARAR REINCIDENTE a JUAN CARLOS CONTRERAS ... III. FIJAR el vencimiento de la pena ... 1/02/2026 ... IV. NOTIFICAR al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ... V. DEVOLVER al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires un semáforo de color gris ..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; el fallo es una resolución de homologación y condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 22 (voto único/acción colegiada conforme firmado por el Juez de Cámara).

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