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Incidente Nº 15 - IMPUTADO: SABAN, RAMON BERNABE Y OTROS s/Audiencia de determinación de pena (Art. 304)

Causa por transporte de estupefacientes y tenencia de armas: el Tribunal Oral condenó a cuatro imputados por transporte agravado en concurso ideal y tenencia de armas; impuso 10 años de prisión a Ramón Bernabé Saban y 8 años a Eduardo Aníbal Saban, Miguel Ángel Matorras y Juan Elías Franco González, ordenando además decomiso (salvo tres armas) y destrucción del estupefaciente. La decisión se funda en el hallazgo de 195,240 gramos de clorhidrato de cocaína, la convergencia probatoria de gendarmes y peritajes y la apreciación del rol de liderazgo de Saban.

Narcotrafico Transporte de estupefacientes agravado

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscales Dr. Marcos Romero y Dra. Lucía Orsetti, con auxiliares Dr. Matías Aguilera y Dra. Lourdes Milani). Demandado: RAMÓN BERNABÉ SABAN; EDUARDO ANIBAL SABAN; MIGUEL ANGEL MATORRAS; JUAN ELÍAS FRANCO GONZÁLEZ. Objeto: imputación por delitos de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas (arts. 5° inc. c y 11 inc. c Ley 23.737) en concurso ideal con tenencia de arma de uso civil (art. 189 bis CP); además, para Ramón Saban se discutió la portación/tenencia de arma. Decisión: se condenó a Ramón Bernabé Saban a 10 años de prisión, multa de 75 UF e inhabilitación absoluta por el término de la condena, como coautor de transporte de estupefacientes agravado en concurso ideal con tenencia de arma, en dos hechos; se condenó a Eduardo Aníbal Saban, Miguel Ángel Matorras y Juan Elías Franco González a 8 años de prisión, multa de 70 UF e inhabilitación absoluta por señalados delitos en un hecho; se declaró reincidente a Eduardo Aníbal Saban (art. 50 CP); se ordenó el decomiso de elementos secuestrados excepto las armas Escopeta Centauro 14, pistola Bersa 22 y revólver 38 y la destrucción del material estupefaciente bajo resguardo del MPF. (Corresponde a la solución unánime del Tribunal en la audiencia.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales de párrafos relevantes): 1) "Da cuenta de manera detallada a las convenciones probatorias es en canto a la naturaleza, cantidad y calidad de la sustancia secuestrada, que consiste en 195 kilos y 240 gramos, con concentración promedio del 81,32% y capacidad para 1.587.691,68 dosis umbrales de acuerdo al peritaje 129.362..." 2) "En efecto, el testigo Rodrigo Franco, cabo primero de Gendarmería Nacional sostuvo que la persona que iba primero llevaba camisa mimetizada, una mochila, una gorra, y que tenía algo largo que no se veía si era un arma o un palo... Alcaraz dijo que Matorras tiró la mochila, que es la primera que encontraron." 3) "Por esto es que consideramos que su nivel de culpabilidad, su responsabilidad en este hecho es mucho mayor que la de los otros tres acusados... Es por eso que consideramos que está justificada y es proporcional a su nivel de responsabilidad la pena de 10 años de prisión..." 4) "En cuanto a la tenencia compartida del arma resulta procedente... la tenencia compartida se refiere a los casos en los cuales dos o más personas son sorprendidas en posesión o en el dominio de hecho de la cosa..." (citas empleadas por el Tribunal para sostener la calificación de tenencia frente a la discusión sobre portación).
- Sobre disidencias: la sentencia consigna votos de los tres magistrados (Cataldi, Catalano y Batule) que adhieren y fundamentan la condena; no se registra disidencia en el pronunciamiento final.

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