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Incidente Nº 4 - IMPUTADO: FLORES, ROBERTO ALEJANDRO s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)

Audiencia de sobreseimiento por transporte de estupefacientes y encubrimiento de contrabando; el Juzgado Federal sobreseyó a Roberto Alejandro Flores y ordenó su inmediata libertad por ausencia de elementos suficientes que lo vinculen objetivamente con el hecho y haberse acreditado la responsabilidad de su hermano.

Transporte de estupefacientes Encubrimiento de contrabando Sobreseimiento Libertad inmediata Investigacion preparatoria (i.p.p.) Pericia de telefonos Narcotest Ley 23.737 Art. 947 ley 22.415 Juzgado federal


¿Quién es el actor?

Unidad Fiscal Federal (Sr. Fiscal Federal Dr. Sebastián Jure y Auxiliar Fiscal Dr. Juan Batule).
- Demandado / Imputado: Roberto Alejandro Flores (DNI N° 40.709.617).
- Objeto de la resolución: solicitud de sobreseimiento y resolución de la situación procesal respecto de la imputación por “Transporte de estupefacientes” (art. 5 inc. c Ley 23.737) en concurso ideal con “Encubrimiento de contrabando de importación” (art. 874 punto 1 inc. d) en función del art. 947 Ley 22.415).

¿Qué se resolvió?

Se resolvió sobreseer total y definitivamente a Roberto Alejandro Flores respecto de los hechos indicados, ordenar su inmediata libertad por no tener medidas coercitivas por cumplir y disponer que se registre y comunique la resolución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En conclusión, manifiesta el señor Fiscal Federal, que si bien de los elementos de prueba reunidos surge que el imputado Roberto Alejandro FLORES iba de acompañante en el vehículo al momento del hecho; cabe resaltar no solo que su hermano Nicolás Fabián FLORES asumió la responsabilidad de los 4.628,98 gramos de Cocaína, 3.769,78 Gramos de Marihuana y la mercadería de origen extranjero que transportaba, sino también que estos paquetes estaban ocultos dentro del acoplado del vehículo que estaba a cargo y conducía Nicolás Fabián Flores, siendo además el chofer de la empresa para la que transportaba bolsas conteniendo aserrín." "Como así también, agrega que el resultado de la pericia realizada a los teléfonos de los encartados, lo que permite concluir que el autor ideológico y material del transporte de estupefacientes y el encubrimiento de contrabando fue Nicolás Fabián FLORES, y no Roberto Alejandro FLORES, quien de su teléfono celular no se extrajo información alguna relevante a la causa y no existen elementos probatorios que lo vinculen objetivamente al accionar delictivo perpetrado por su hermano, quien tenía pleno conocimiento y dominio exclusivo del acto." "Que, así las cosas, oídas las partes del proceso, teniendo en cuenta los hechos descriptos por la Unidad Fiscal Federal, relacionados con el transporte de estupefacientes y el encubrimiento de contrabando de mercadería de importación, respecto de los cuales se formalizó la IPP en abril de 2024, entendiendo la suscripta razonable los fundamentos brindados para sostener el pedido de sobreseimiento del causante, considerando que no se plantearon nulidades ni quedan cuestiones pendientes de resolver, existiendo acuerdo entre el imputado, su defensa técnica y la Fiscalía Federal, titular de la acción penal pública, corresponde dictar el sobreseimiento total y definitivo a su favor conforme lo dispuesto por el art. 270 del C.P.P.F.."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en el resolutorio.

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