Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: IRALA, GUSTAVO DANIEL Y OTROS s/INFRACCIÓN ART. 139 BIS, SEGUNDO PÁRRAFO DEL C.P. SEGÚN LEY 24.410 DENUNCIANTE: GONZALEZ ARAUJO, ARMINDA Y OTRO
Juicio abreviado por alteración del estado civil e identidades de una menor y falsedad ideológica. La Cámara/Tribunal Oral Federal de Posadas declaró admisible el juicio abreviado y condenó a Porfidia Irala Cuenca, Gustavo D. Irala y Sara N. González Benítez a tres años de prisión de ejecución condicional y costas, imponiendo reglas de conducta y medidas complementarias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Pablo Ricardo Di Loreto y Sra. Fiscal General por subrogación Dra. María Gabriela Acasuso) y el Ministerio Pupilar (representación de la víctima menor D.S.I.).
- A quién se demanda (Demandados): Porfidia Isabel Irala Cuenca; Gustavo Daniel Irala; Sara Noemí González Benítez.
Objeto: Responsabilidad penal por promoción e intermediación en la alteración del estado civil e identidad de un menor de 10 años (art. 139 bis C.P.), alteración del estado civil e identidad de un menor de 10 años (art. 139 inc. 2° C.P.) y falsedad ideológica de instrumento público (art. 293 C.P.), en concurso ideal.
Decisión: Se declaró formalmente admisible el juicio abreviado y se condenó a Porfidia Isabel Irala Cuenca como autora (en calidad de partícipe necesaria) del delito de promoción e intermediación en la alteración del estado civil e identidad de un menor de 10 años, en concurso ideal con falsedad ideológica, a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional y costas; y se condenó a Gustavo Daniel Irala y a Sara Noemí González Benítez como autores penalmente responsables del delito de alteración del estado civil e identidad de un menor de 10 años, en concurso ideal con falsedad ideológica, en calidad de partícipes necesarios, a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional y costas. Se impusieron reglas de conducta por dos años y disposiciones complementarias (levantamiento de prohibición de salida del país una vez firme, restitución de elementos, comunicaciones a Migraciones y Consulado, eximición de pago de honorarios al MPD para dos condenados, etc.).
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes del fallo):
"Examinadas como fueron las presentes actuaciones, estimo que se encuentran cumplidos los requisitos para declarar formalmente admisible la aplicación del instituto del Juicio Abreviado, ya que las solicitudes formuladas en el marco de las audiencias cuentan con las conformidades de los imputados y de sus defensas acerca de las existencias del hecho, sus respectivas participaciones y la calificación legal..." (considerando admisibilidad del art. 431 bis C.P.P.N.).
"Todo lo hasta aquí descripto, me permite tener por acreditados los hechos con el grado de certeza exigido para esta etapa procesal, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo antes expuestas, dando así también fundamento objetivo a los acuerdos celebrados entre las partes y que fueran ratificados ante esta Magistratura." (valoración de la prueba y ratificación de acuerdos).
"Por lo tanto, propicio se condene a la pena de tres (03) años de prisión de ejecución condicional y costas, a Porfidia Isabel Irala Cuenca ... y respecto de los acriminados Gustavo Daniel Irala y Sara Noemí González Benítez, como autores penalmente responsables..." (conclusión decisoria y dosificación de pena).
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el texto suministrado; la decisión es la contenida en la parte resolutiva final transcripta.
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