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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CANTERO, ESTEBAN HERNAN s/INFRACCION LEY 23.737

Juicio abreviado por comercio de estupefacientes contra Esteban Hernán Cantero. El Tribunal Oral Federal homologó el acuerdo de juicio abreviado, condenó al imputado a 4 años de prisión y multa de 45 UF, y ordenó el decomiso y destrucción de la droga y el dinero y celulares secuestrados.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Dr. Mariano Ignacio Sánchez).
- Demandado / Imputado: Esteban Hernán CANTERO (DNI consignado en autos).
- Objeto de la demanda: Homologación de un acuerdo de juicio abreviado por la comisión del delito de comercio de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737) por hechos ocurridos en dos períodos (octubre–diciembre 2024 y enero–febrero 2025) con secuestro de marihuana y cocaína, dinero y elementos vinculados.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo de juicio abreviado; se condenó a Cantero como autor del delito de comercio de estupefacientes a la pena de 4 años de prisión, multa de 45 UF, pago de las costas (incluyendo pericias) y se ordenó el decomiso y destrucción del estupefaciente, así como el decomiso del dinero depositado ($1.829.410) y de los celulares con contenido criminal.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Las constancias probatorias de la causa, sin contradicción entre las partes, determinan la plataforma fáctica ocurrida, descriptos los elementos de certeza en el acuerdo, coincidentes con las pruebas producidas, tengo por probado que durante los períodos investigados se observaron a Esteban Hernán Cantero movimientos característicos de transacciones con estupefacientes; ... De ambos procedimientos se secuestró un total de 1780,29 grs. de marihuana, 478,03 grs. de cocaína; 6,84 grs. de semillas con poder germinativo del 80%, dos balanzas digitales, $1.785.590 y 100 dólares, un revólver, 22 municiones y siete celulares." "Aun para la tenencia ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación que 'el legislador ha contemplado el delito como de peligro abstracto, desvinculando la acción del resultado, en un tipo penal complejo, que contiene un elemento subjetivo acerca de la intención del agente – fines de comercialización-, referido al elemento objetivo del tipo –tenencia de estupefacientes-'." "De este modo, probados los movimientos y contactos con terceras personas enunciados, y que hacen a la materialidad del hecho y la autoría de Esteban Hernán Cantero, considero razonablemente fundada la calificación legal en orden a la figura de comercio de estupefacientes (art. 5 inciso 'c' de la ley 23.737) por lo que he de homologar el acuerdo en estos términos."
- Observaciones adicionales: Se tuvieron en cuenta las cuestiones personales del imputado (26 años, hermana menor con discapacidad, sostenimiento de familia, sin antecedentes computables) para fijar la pena en el mínimo legal; la pena originalmente pactada en el acuerdo era de 4 años y 6 meses pero en la resolución se consigna la condena a 4 años (ver Parte Resolutiva).

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