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BERARDI CLAUDIO GABRIEL Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores solicitaron reconocimiento como Veteranos de Guerra de Malvinas y la pensión de guerra prevista en las leyes 23.109 y 23.848, con sus modificatorias. El Juzgado rechazó la demanda por no acreditarse que los peticionantes hayan estado destinados en el TOM o entrado efectivamente en combate en el TOAS ni que hayan prestado colaboración directa, activa y determinante con los combatientes, conforme la normativa y la doctrina de la CSJN.

Veteranos de guerra Pension de guerra Tom Toas Ley 23.848 Ley 24.892 Prueba Participacion en acciones belicas Rechazo de demanda Juzgado federal de la seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CLAUDIO GABRIEL BERARDI; RENE COLQUE; PABLO LEOPOLDO SCAPPATICCIO. Demandado: Ministerio de Defensa de la Nación – Estado Mayor General del Ejército. Objeto: reconocimiento como Veteranos de Guerra de Malvinas y otorgamiento de la Pensión Honorífica/Pensión de Guerra (leyes 23.109, 23.848 y modificatorias), con retroactivos e intereses. Decisión: Se rechazó la demanda en todos sus términos; costas a los actores por su orden; regulación de honorarios de la representación letrada de la actora en $378.945 (5 UMA). Notifíquese y archívese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "El artículo 1º de dicha ley, sustituido por el art. 1º de la ley 24.652, otorgó el beneficio de Pensión Honorífica a los '…ex-soldados conscriptos de las fuerzas armadas que hayan estado destinados en el teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), y a los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o apoyo en los lugares antes mencionados, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, debidamente certificado según lo establecido en el decreto 2634/90'." "Asimismo, la ley 24.892 extiende dicho beneficio al personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que se encuentren en situación de retiro o baja voluntaria y que no gocen de derecho a pensión alguna ... que hubieren estado destinados en el TOM o entrado efectivamente en combate en el TOAS." "los informes presentados por la Dirección de Personal Militar del Ejército Argentino ... señalaron respecto de los actores: ... 'No hay registros de que los causantes hayan participado del conflicto dentro de las circunscripciones del TOAS o del TOM' … 'No hay registros de que los causantes hayan ingresado en combate'." "En consecuencia, considero que no le asiste razón a la parte actora por cuanto no ha aportado a la causa las pruebas respecto de las tareas que ha llevado a cabo durante el conflicto bélico en cuestión, a saber, haber cumplido funciones de características tales que puedan ser consideradas como colaboración directa, activa y determinante con los combatientes asignados al operativo bélico en las zonas aludidas, sino que participó, como indica en el líbelo de inicio, en la zona de despliegue continental. ... Conforme lo hasta aquí expuesto, corresponde rechazar la acción en todos sus términos."
- Votos en disidencia: no consta disidencia; la sentencia es de un/a magistrado/a único/a.

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