Logo

SYLWAN MARTA ROSA c/ A.N.S.E.S s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora demandó a ANSeS por reajustes de haberes previsionales y recalculo del haber inicial conforme a parámetros jurisprudenciales. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo, ordenó el recálculo según Elliff y reglas aplicables y confirmó la imposición de costas en la instancia de alzada.

Recurso de apelacion Anses Reajuste de haberes Elliff Quiroga Ley 24.463 Ejecucion de sentencia Costas Tope previsional Recalculo jubilatorio


¿Quién es el actor?

Sra. Marta Rosa Sylwan.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad y recálculo del haber jubilatorio inicial (PC y PAP), declaración de inconstitucionalidad de determinados preceptos legales en relación con topes y aplicación de índices y normas para la actualización retroactiva.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de fs. 253 en todo cuanto fue materia de agravio. Se ordenó a ANSeS recalcular el haber inicial de la actora conforme a los parámetros del precedente “Elliff”, dejar para la ejecución el análisis sobre la confiscatoriedad de la PBU conforme “Quiroga”, aplicar las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609 para la posterior movilidad, y efectuar los pagos correspondientes conforme a lo dispuesto por la ley 24.463 y normas presupuestarias; además se dispuso SIN COSTAS DE ALZADA por no haber intervenido la contraria en el trámite del recurso.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "La decisión recurrida en su parte dispositiva resuelve hacer lugar a la demanda interpuesta por la Sra. Marta Rosa SYLWAN contra ANSeS." "ordenó el magistrado al organismo previsional que proceda a recalcular el haber inicial de la actora -PC y PAP
- conforme los parámetros trazados en el precedente 'Elliff' de la CSJN, difiriendo el análisis de la confiscatoriedad de la PBU para la etapa de ejecución de sentencia conforme los parámetros del precedente 'Quiroga' de la CSJN." "la solución que corresponde adoptar en el presente encuentra adecuada respuesta con las argumentaciones allí vertidas, por lo que, considerando la gran cantidad de expedientes que tramitan ante esta Alzada y que reconocen similar objeto; y con el propósito de optimizar los recursos materiales ... entendemos suficiente la remisión al precedente citado" (FCR 777/2020, in re: "ROMERO SÁNCHEZ, CARLOS EDUARDO c/ ANSES s/ REAJUSTE DE HABERES"). "el recurrente confunde el plazo impuesto para reajustar el haber -en los términos de la sentencia
- y que efectivamente se trataría de una obligación de hacer, con el plazo de cumplimiento de la condena, que será el previsto en el art. 22 de la ley 24.463, debiendo el organismo previsional confeccionar la liquidación dentro del mismo plazo de ciento veinte (120) días de quedar firme la presente..." "corresponde apartarse del principio rector contenido en el art. 21 de la ley 24.463, conforme el temperamento adoptado recientemente por el Tribunal ... en el que ... convalidó la imposición de las costas de Alzada al organismo previsional en su condición de vencido, reafirmando la plena vigencia del art. 36 de la ley 27.423."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; el Dr. Aldo E. Suárez adhiere al voto del Dr. Leal de Ibarra.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar