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ALVARADO, MAURICIO ALEJANDRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Demanda por incorporación de la bonificación por zona austral en el haber de pensión de un ex agente. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de grado que ordenó a la Caja incorporar la bonificación por zona austral conforme a la Ley 19.485, rechazando el recurso de la demandada y condenándola al pago de costas.

Bonificacion zona austral Ley 19.485 Pension Caja de retiros policia federal Recurso de apelacion Confirmacion Costas Honorarios Precedente fcr 17385/2019 Residencia efectiva


¿Quién es el actor?

Mauricio Alejandro Alvarado.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: incorporación en el haber de pensión de la bonificación por zona austral (Ley 19.485 / Decreto 1472/08) calculada sobre la totalidad de los rubros remunerativos que integran el haber, mientras el actor mantenga residencia efectiva en la zona.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de fs. 59 en todo cuanto fue materia de apelación, impuso costas de Alzada a la demandada vencida y reguló honorarios de la representación de la actora en un 30% por la intervención ante esta Alzada. Fundamentos principales (textos reproducidos del fallo):
- "I.
- De las constancias de autos surge que la señora juez federal de la ciudad de Río Grande resolvió hacer lugar a la demanda presentada por Mauricio Alejandro Alvarado contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y en consecuencia, ordenó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal que incorpore en el haber de pensión del actor la bonificación por zona austral establecida en la Ley 19.485 (Decreto 1472/08), calculada sobre la totalidad de los rubros remunerativos que integran su haber —incluyendo los códigos 252 (Sueldo/haber mensual), 253 (Suplemento por antigüedad de servicio) y 254 (Suplemento Tiempo Mínimo Cumplido)—, mientras mantenga su residencia efectiva en la zona geográfica prevista en la norma."
- "IV.
- Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: 'PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DERETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (C.R.J.P.P.F.) s/REAJUSTE DE HABERES', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
- "En efecto, la solución que corresponde adoptar en el presente encuentra adecuada respuesta con las argumentaciones allí vertidas, por lo que, considerando la gran cantidad de expedientes que tramitan ante esta alzada y que reconocen similar objeto; y con el propósito de optimizar los recursos materiales evitando un innecesario gasto de insumos, que deben ser adecuadamente administrados, entendemos suficiente la remisión al precedente citado..." Disidencias: No constan votos en disidencia; el Dr. Aldo E. Suárez adhiere al voto del Dr. Leal de Ibarra y ambos firman la resolución. Fechas relevantes: fecha de firma del decisorio 13/11/2025; alta en sistema 04/12/2025.

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