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Recurso Queja Nº 6 - MONTECINOS VINES, KARINA ANDREA Y OTRO s/PROCESO CONTRA PERSONA HUMANA O JURÍDICA POR VIOLACIÓN DE NORMAS DE FINANCIAMIENTO PARTIDARIO

Queja por denegatoria de apelación por rechazo de acuerdo de reparación integral y suspensión de audiencia; la Cámara Nacional Electoral declaró la cuestión abstracta por falta de interés jurídico y resolvió no pronunciarse sobre el fondo, disponiendo registro, notificación y archivo.

Queja Apelacion subsidiaria Reparacion integral Audiencia de juicio Interes juridico Abstraccion del objeto Camara nacional electoral Defensor publico Ministerio publico fiscal Archivo.


¿Quién es el actor?

Pablo Matkovic, en su carácter de Defensor Público Oficial del Interior, Supervisor de la Unidad de Defensa no Penal y Electoral.
- Demandado/impugnado: la resolución de origen que denegó el recurso de apelación interpuesto subsidiariamente y rechazó el acuerdo de reparación integral propuesto por la defensa y el Ministerio Público Fiscal.
- Objeto de la queja: impugnar la resolución que denegó la apelación subsidiaria contra la decisión que rechazó el acuerdo de reparación integral y solicitó la suspensión de la audiencia de juicio.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Nacional Electoral consideró que la cuestión planteada era abstracta y carecía de interés jurídico para ser resuelta, por lo que decidió no pronunciarse sobre el fondo y dispuso registro, notificación al juzgado de origen, comunicación a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN y archivo de las actuaciones. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Que a fs. 23/31 el señor Pablo Matkovic -en su carácter de Defensor Público Oficial del Interior, Supervisor de la Unidad de Defensa no Penal y Electoral
- interpone recurso de queja 'contra la resolución […] que denegó la apelación interpuesta en subsidio contra [la decisión] que rechazó el acuerdo [...] de reparación integral propuesto por es[]a defensa y el M[inisterio] P[úblico] F[iscal] y con ello, el pedido de suspender la audiencia de juicio'." "Que según surge del acta de la audiencia celebrada el pasado 19 de septiembre –obrante a fs. 511 del expediente principal
- 'la [señora] Fiscal Federal […] introdu[jo como] cuestión previa, la reedi[ción d]el planteo de reparación integral', al que '[l]a [d]efensa adhirió'. De allí también surge que si bien la señora jueza 'rechazó el [referido] planteo' resolvió, no obstante, '[c]onced[er los] recursos' interpuestos 'por el [Ministerio Público Fiscal] y por la [d]efensa', así como 'decidió suspender la audiencia'." "En tales condiciones, la cuestión planteada resulta abstracta, careciendo de interés jurídico pronunciarse al respecto, lo que así se resuelve. Regístrese, notifíquese, comuníquese al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ac. 10/2025 CSJN) y archívese." Voto singular/notas: se deja constancia de que el señor Juez del Tribunal, doctor Alberto R. Dalla Via, no intervino en la instancia en atención a lo dispuesto por Resolución N° 158/2025 (art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional). Esa incomparecencia no constituye disidencia ni voto concurrente; la decisión es la expresada por la/s firma/s.

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