Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CAMPOS, JULIA ELIANA s/ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.248), ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 1 APARTADO D, ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO A y ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO D
Imputaron a Julia Eliana Campos Quiroga por delitos relativos a abuso de autoridad y encubrimiento. La Cámara Oral Federal absolvió a la imputada por falta de acusación fiscal y difirió la regulación de honorarios profesionales y la lectura de los fundamentos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Federico Baquioni y la Auxiliar Fiscal Dra. Analía Zanesi.
- A quién se demanda (Demandado / Imputado): Julia Eliana Campos Quiroga, DNI 21.369.379.
Objeto: Se le imputaron los delitos de abuso de autoridad (art. 248 CP) y varios supuestos de encubrimiento (art. 277 incs. 1 y 3, apartados A y D), en la causa FMZ 1555/2020/TO1.
Decisión: La Cámara Oral Federal de Mendoza Nº 1 ABSOLVIÓ a Julia Eliana Campos Quiroga por falta de acusación fiscal respecto del hecho por el cual fuera oportunamente requerida la elevación de la causa a juicio; DIFIRIÓ la regulación de honorarios profesionales hasta acreditación del cumplimiento de las prescripciones del artículo 2 inc. b) de la ley 17250 y de la ley 27423; y DIFIRIÓ la lectura de los fundamentos para el quinto día hábil posterior a la presente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"FALLA: 1.
- ABSOLVIENDO a Julia Eliana Campos Quiroga por falta de acusación fiscal, respecto del hecho por el cual fuera oportunamente requerida la elevación de la causa a juicio. 2.
- DIFIRIENDO la regulación de HONORARIOS PROFESIONALES a la acreditación del cumplimiento de las prescripciones del artículo 2 inc. b) de la ley 17250 y de la ley 27423. 3.
- DIFIRIENDO la lectura de los fundamentos para el quinto día hábil posterior a la presente. COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y OFÍCIESE. LC"
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión consignada en la sección dispositiva es la que prevalece.
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