VERA, HAYDEE URBANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES: declaró constitucional el art. 2 de la ley 27.426 (revocando la declaración de inconstitucionalidad en primera instancia), confirmó lo demás de la sentencia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada.
Actor: VERA, HAYDEE URBANA. Demandado: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales (PBU, reajuste de componentes PC y PAP, aplicación de índices de actualización, declaración de inconstitucionalidades y regulación de costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia exclusivamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando la plena constitucionalidad de dicha norma conforme a la doctrina de la Corte Suprema. Se confirmó en lo demás la sentencia apelada, se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impusieron las costas a la demandada. Se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, con orden al a quo para su cálculo en pesos y UMA.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre el art. 2 de la ley 27.426 y seguimiento de la CSJN: "Respecto al agravio que versa sobre la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, recientemente la CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 en los autos: 'CSS 138932/2017/CS1 ... Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos.' Resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del articulo puesto en crisis, por considerar en el considerando 11 que 'en el presente caso puede afirmarse que la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018– ni se contaba con los elementos necesarios para ello...' "
- Sobre la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 y costas: "En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley Nº27.423 ... Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida (art. 36 de la ley Nº27.423)."
- Sobre la confirmación parcial y aplicación de precedentes: "Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora." y "Por ello, por cuestiones de economía procesal y a fin de no ser reiterativo, es que corresponde adherir sin más, en su totalidad a la sentencia de primera instancia."
Disidencias: No hubo votos en disidencia; los Dres. Pérez Curci (voto principal), Castiñeira de Dios y Pizarro adhirieron al acuerdo.
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