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MAZZONI MARIA ELISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional y la actualización de componentes del haber inicial. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°4 hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó el recálculo del haber y el pago de los retroactivos dentro de 120 días hábiles, y dejó para la etapa de ejecución el tratamiento de las inconstitucionalidades reclamadas.

Anses Reajustes varios Pbu Prestacion compensatoria Pap Recalculo de haberes Retroactivos Inconstitucionalidad diferida Costas Ejecucion de sentencia.


¿Quién es el actor?

MAZZONI MARIA ELISA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de la Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidades de normas (entre ellas artículos de las leyes 24.241 y 24.463).

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución administrativa impugnada; se ordenó a ANSeS abonar el haber recalculado y los retroactivos conforme a las pautas de la sentencia dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; las sumas a favor de la actora deberán abonarse íntegramente sin quita, respetando los porcentajes máximos de las leyes de fondo; se impusieron costas a ANSeS y se difirió la regulación de honorarios para ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional... planteó la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 24.463 y 24.241." "En atención a que la demandada opuso excepción de prescripción... corresponde analizar la procedencia del pedido desde los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo. El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio." "En relación a la actualización del valor de la PBU... la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios'..." "A tal fin, deberá realizar el siguiente cálculo: (PBU reajustada – PBU sin reajustar) = 'A'... Dicho resultado (A x 100 / B), arrojará la incidencia porcentual que implica la falta de actualización de la PBU, la cual deberá ser mayor a 15." "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006." "Conforme a lo expuesto, decido el rechazo del planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo final.

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