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SANGUINETTI MIRTA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional conforme la ley 24.016 por ser personal docente. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó a ANSeS recalcular y abonar el haber y los retroactivos dentro de 120 días hábiles y declaró la inconstitucionalidad del Decreto 78/94.

Reajuste Ley 24.016 Personal docente Anses Decreto 78/1994 Inconstitucionalidad Retroactivos Impuesto a las ganancias Costas Ejecucion


¿Quién es el actor?

Sra. Mirta Susana Sanguinetti (DNI 11.980.123).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional conforme al régimen especial del personal docente (ley 24.016), decisión administrativa impugnada y planteos de inconstitucionalidad de normas (Decreto 78/1994, Decreto 137/2005 y otras).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada, se ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme, se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 78/94 y se estableció que el haber será reajustado conforme la movilidad que se fije para el personal docente en actividad. Se impusieron las costas a la demandada y se diferió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución (con referencia a ley 27.423).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En definitiva, el Poder Ejecutivo carece de facultades para intentar derogar a través del dictado de una norma como el decreto 78/94 la normativa de rango legal constituida por -entre otros
- el régimen de la ley 24.016. Por ello, de acuerdo, al artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, corresponde, para el caso de autos, declarar la inconstitucionalidad del Decreto 78/1994." "De conformidad con lo aquí analizado resuelvo ordenar a la ANSeS que reajuste el haber de la actora en los términos de la Ley 24.016. Ordenándose reajustar el haber previsional de la actora conforme la ley 24.016, resulta inaplicable la ley 24.241 y la ley 24.463, circunstancia que también excluye la aplicación del artículo 9 de la ley 24.463, el que así se ordena que no debe ser aplicado." "Resuelvo ... 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme..." Sobre impuesto a las ganancias: "resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." y "En consecuencia, corresponde seguir los lineamientos expuestos y disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas retroactivas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de efectuar descuento alguno en concepto de impuesto a las ganancias."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el decisorio final publicado.

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