CORVALAN RUBEN VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad y la actualización de componentes como la PBU, PC y PAP. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar los retroactivos dentro de 120 días hábiles, difirió el tratamiento de inconstitucionalidades para la ejecución y declaró que las sumas deberán abonarse íntegramente sin quita.
¿Quién es el actor?
CORVALAN RUBEN VICTOR.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (actualización de la Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (leyes 24.463, 24.241, 26.417, 27.426, 27.541, 27.609 y decretos vinculados).
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada, ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles a partir de la firmeza de la sentencia; difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; estableció que las sumas favorables deberán abonarse íntegramente, sin quita, respetando los límites porcentuales de las leyes de fondo y la Resolución 955/08; impuso las costas a ANSeS y diferió la regulación de honorarios para la ejecución (todo conforme el bloque resolutorio).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional. A tal fin, planteo la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 24.463 y 24.241. Ofreció prueba y efectúo reserva del caso federal."
2) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro', -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio..."
3) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Disidencias: No se advierte voto en minoría en el expediente; la resolución final es la del Juzgado (firmada por la Dra. Karina Alonso Candis).
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