Logo

C. S.A. Y OTRO s/INFRACCION LEY 27.430

C. SA y dos responsables fueron imputados por presunta infracción a la ley 27.430 por supuesta evasión tributaria en 2018 y 2019. El Juzgado decretó el sobreseimiento porque los importes reclamados son inferiores al nuevo umbral de punibilidad y, aplicando la ley penal más benigna, concluyó que los hechos no constituyen delito.

Regimen penal tributario Sobreseimiento Ley 27799 Principio de ley penal mas benigna Umbral de punibilidad Salidas no documentadas Impuesto a las ganancias Costas Juzgado federal de garantias en lo penal economico Imputacion penal tributaria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El agente Fiscal (Ministerio Público Fiscal), quien solicitó la indagatoria de los responsables. Demandado: C. SA; C. L. I.; A. N. N. Objeto: Imputación por infracción de la ley 27.430 (Régimen Penal Tributario), por presunta evasión del Impuesto a las Ganancias período fiscal 2018 por $13.753.772,13; salidas no documentadas 2018 por $3.310.174,39; e Impuesto a las Ganancias ejercicio 2019 por $4.463.763,49. Decisión: Se decretó el sobreseimiento de C. SA, C. L. I. y A. N. N. por no constituir delito, con costas en el orden causado, eximiendo a los sobreseídos de las comunes; protocolícese, regístrese, notifíquese y archívese previa certificación actuarial.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "2. Que, con fecha 2 de enero de 2026, se publicó la ley 27799, la cual dispuso la sustitución de los umbrales cuantitativos de punibilidad previstos en el Régimen Penal Tributario. Específicamente, elevó el monto del tipo básico (art. 1°) y el del supuesto previsto en el artículo 2, inciso d), a la suma de pesos cien millones ($100.000.000)." "3. Que la sucesión de leyes penales en el tiempo se rige por el principio de la ley penal más benigna, consagrado en el artículo 2° del Código Penal y en tratados internacionales con jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22, CN). En tal sentido, la sanción de la ley 27799 exige analizar si las conductas denunciadas mantienen relevancia penal frente al nuevo umbral de punibilidad, que opera como una nueva valoración del legislador sobre la lesividad de los hechos." "5. Que, a fin de determinar si se alcanza el umbral de punibilidad en el presente caso, resulta imperativo definir el alcance del concepto de 'tributo'. Al respecto, se adopta un criterio formal-objetivo, según el cual el 'tributo' a fines penales debe comprender todas las obligaciones fiscales reguladas dentro de un mismo régimen legal.... En consecuencia, acumulando los ajustes de Ganancias y SND para el ejercicio 2018, se obtiene una suma total de $17.063.946,52, la cual —al igual que el monto del ejercicio 2019 ($4.463.763,49)— resulta manifiestamente inferior al umbral de $100.000.000 fijado por la ley vigente." "6. Que, en cuanto al modo de conclusión del proceso ... corresponde ajustar el decisorio a la doctrina de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico (Reg. 86/2020). ... Por ello, en observancia de los lineamientos del superior y por razones de economía procesal, corresponde dictar el sobreseimiento."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la parte dispositiva final fue dictada por el juez de primera instancia y es la decisión que se ejecuta.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar