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PULIDO NORBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó recalcular y abonar el haber y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles.

Reajustes varios Pbu Prestacion compensatoria Pap Anses Calculo de haberes Retroactivos Inconstitucionalidad diferida Intereses Costas.


¿Quién es el actor?

Pulido Norberto.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del beneficio y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (leyes 24.241, 24.463 y otras).

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSES que abone al actor el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles a partir de que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; las sumas favorables deberán abonarse íntegramente sin quita, respetando los porcentajes que fijan las leyes de fondo; se impusieron las costas a ANSES; y se difirió la regulación de honorarios para la ejecución y liquidación definitiva.
- Fundamentos principales (transcripciones literales relevantes): 1) "La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional." 2) "La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 y en relación al planteo de la falta de actualización del valor de la PBU en su nueva determinación como suma fija, la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios', sentencia del 11.11.2014..." 3) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006." 4) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro'..." 5) "Las costas se imponen a cargo de la parte demandada Anses, en los términos del reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Morales, Blanca Azucena c/ Anses s/ Impugnación de Acto Administrativo', de fecha 22.6.2023..."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el expediente analizado.

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