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AVILA ADELA BENJAMINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes varios contra ANSeS relativos a la actualización del haber inicial, PBU, aportes autónomos, prescripción y tasa de interés. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado —ordenando ajustes conforme a precedentes de la CSJN y la Resolución 140/95— y confirmó el resto, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios por la alzada.

Reajustes Anses Pbu Isbic Resolucion 140/95 Aportes autonomos Prescripcion bienal Tasa pasiva promedio bcra Costas Honorarios


¿Quién es el actor?

AVILA ADELA BENJAMINA.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios: actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial; tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU); cómputo de servicios con aportes autónomos; determinación de prescripción y tasa de interés aplicable.

¿Qué se resolvió?

Se revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos; se confirmó en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; costas de ambas instancias a la demandada vencida; regulación de honorarios por la alzada en el 30% de la suma que se fije por la labor en primera instancia más IVA; devolución de actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Sent. Fecha 11/08/2009, Fallos: 332:1914 doctrina que fue ratificada en la sentencia “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Sent. Fecha 18/12/2018, Fallos: 341:1924. En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna." "Conforme lo expuesto, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de Ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del derecho." "En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y Excma. CSJN in re: “Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeS s/Reajustes Varios”, Sent. Fecha 8/10/2024, Expte. CSS Nº 96499/2010”)."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; los Dres. Fantini, Carnota y Dorado adhieren en el decisorio y el acuerdo coral contiene la revocación parcial y confirmación en lo demás.

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