LASA ISMAEL ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSeS por reajustes varios y revisión del haber inicial de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia recurrida, difiriendo la determinación del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución y manteniendo las costas conforme a lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
Lasa Ismael Orlando.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios y revisión del haber inicial de la Prestación Básica Universal (PBU); impugnación de parámetros de actualización de remuneraciones, aplicación de índices y cuestionamientos sobre retención del impuesto a las ganancias y aportes autónomos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; diferió el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; y confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado, imponiéndolas al vencido conforme al art. 68 del CPCCN cuando surjan sumas a favor del actor, y señalando que en caso contrario se establecerán en el orden causado (art. 36 ley 27.423). Asimismo, costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción. Protocolícese y notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 “MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’ (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
- Voto en disidencia parcial: El Dr. Sebastián E. Russo figura "(en disidencia parcial)"; el expediente consignó que el Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión respecto de la metodología de cálculo sobre servicios autónomos y votó por confirmar la sentencia apelada, advirtiendo sobre la prohibición de reformatio in peius ("Incurre en reformatio in peius el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación..."). Esas sutilezas quedaron registradas como salvadas pero la decisión mayoritaria es la transcripta arriba.
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