RINCON HECTOR JACINTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamante inició acción contra ANSES por reajustes de la Prestación Básica Universal y aplicación de topes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en lo recurrido, difirió el análisis del valor inicial de la PBU para la liquidación y confirmó la imposición de costas conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.
¿Quién es el actor?
RINCON HECTOR JACINTO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de aplicación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463 y art. 26 ley 24.241) y cuestiones sobre la forma de imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, difirió el análisis del valor inicial de la PBU para el momento de practicarse la liquidación; confirmó la sentencia recurrida en lo demás materia de agravios; confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado (que impuso las costas al vencido conforme al art. 68 CPCCN) en los términos indicados, con la salvedad de que, si de la liquidación surgieran sumas a favor del actor, las costas se establecerán a la vencida, y en caso contrario se establecerán en el orden causado; y dispuso costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción. El juez Sebastián E. Russo figura en disidencia parcial.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
"Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA'..."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463)..."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia: el voto del Dr. Sebastián E. Russo consta como "en disidencia parcial"; sus fundamentos particulares se mantienen como disidencia y no integran la decisión de la mayoría.
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