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RODA RAMON OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSES solicitando el recálculo y reajuste de sus haberes previsionales por PBU, PC y PAP. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, declaró prescritos los créditos anteriores a los dos años del reclamo administrativo y ordenó la liquidación y pago de las diferencias en 120 días conforme los considerandos.

Pension Pbu Prestacion compensatoria Pap Prescripcion Ley 24.241 Ley 27.609 Quiroga Liquidacion de haberes Anses


¿Quién es el actor?

RAMON OSCAR RODA.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Se pretende dejar sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes; se solicita el recálculo, liquidación y pago de diferencias del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria —PC— y Prestación Adicional por Permanencia —PAP—), con actualización, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el cálculo del haber inicial de los componentes de PC y PAP; se hizo lugar parcialmente a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se hizo lugar a la excepción de prescripción conforme el art. 82 de la ley 18.037 respecto de créditos anteriores a los dos años del reclamo administrativo; se ordenó a ANSES a practicar la liquidación en el plazo de 120 días y, si resultaran diferencias, poner al pago el haber inicial recalculado y efectuar los requerimientos presupuestarios pertinentes; se declararon las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada. No se declaró la inconstitucionalidad peticionada por resultar abstracta.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En primer orden, corresponde hacer lugar a la excepción de prescripción deducida por la demandada, declarando prescripto los créditos reclamados anteriores a los dos años del reclamo administrativo, (artículo 82, tercer apartado, ley 18.037 –conforme art. 168 de la ley 24.241-)." "toda vez que el actor adquirió el derecho al beneficio con posterioridad al 04/01/2021... corresponde estarse a los índices allí establecidos a los fines de actualizar las remuneraciones a considerar para el cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia." Sobre la P.B.U. y el test de confiscatoriedad: "A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios'... se hará: 1) Establecer la diferencia entre la P.B.U. redeterminada según las variaciones anuales del índice de salarios...; 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad... 3) De resultar el porcentaje confiscatorio (mayor al 15%)... corresponderá proceder a la redeterminación de la P.B.U. en los términos indicados y declarar la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241 modificado por la ley 26.417-." "Atento a la fecha de adquisición del derecho al beneficio se aplicará la movilidad del haber conforme la ley 27.609, decreto 274/24 -y sus reglamentaciones-." Dispositivo final: reproducción íntegra del fallo (ver sección 0) que dispone, entre otros, rechazo del cálculo inicial de PC y PAP, lugar parcial a la demanda, declaración de prescripción y orden de liquidación y pago en 120 días.
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el expediente; la sentencia es de la Jueza Federal Subrogante que firma el fallo.

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