VENTURA SUSANA HAYDEE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por entender inconstitucionales cambios en la fórmula de movilidad. El Juzgado Federal rechazó la demanda, sostuvo la validez de las leyes de movilidad cuestionadas y fijó costas y honorarios por $424.815 (5 UMAS).
¿Quién es el actor?
Ventura Susana Haydée (parte actora, titular del Beneficio de Jubilación N 15041745410).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto del reclamo: Se pidió el reajuste del haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (Ley 27.426, Ley 27.541, Ley 27.609 y artículos de las leyes 24.463 y 24.241), junto con impugnaciones a la aplicación de bonos y topes legales.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta; se impusieron las costas en el orden causado; y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la actora en $424.815 correspondientes a 5 UMAS, con IVA en su caso, y lo concerniente a los honorarios de la parte demandada conforme al art. 2 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"El actor tramitó previamente el expediente homónimo Nº 7093/2012 donde la actora obtuvo sentencia favorable. Y es titular del Beneficio de Jubilación N 15 0 4174541 0."
"En este expediente la parte actora reclama por la inconstitucionalidad de las leyes de movilidad jubilatorias N 27.426, 27.541 y 27.609, de manera que en este contexto corresponde el rechazo de la excepción de cosa juzgada en lo principal que decide, considerando que el nuevo planteo no fue objeto de tratamiento en la causa previa."
"Conforme a lo expuesto, decido el rechazo del planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426."
"El art. 55 de la ley 27.541 dispuso la suspensión por 180 días la aplicación del art. 32 de la ley 24.241 y delegó en el Poder Ejecutivo Nacional la facultad para fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales... la declaración de inconstitucionalidad de una ley o de alguna de sus partes, es un acto de suma gravedad institucional ... que debe ser considerada como última ratio del orden jurídico..."
"De conformidad con lo expuesto, decido el rechazo de la demanda, lo que así dispongo."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la resolución citada es la decisión del Tribunal.
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