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FRANCO, EMILIO RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajustes previsionales contra ANSeS por recálculo del haber inicial y retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó los recursos de apelación, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y ordenó costas al orden causado y honorarios del 30% en alzada.

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¿Quién es el actor?

Emilio Raúl Franco (demandante).

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamo de recálculo del haber inicial, movilidad de haberes, liquidación de retroactivos y declaraciones de inconstitucionalidad de normas y reglamentaciones previsionales (entre ellas artículos de leyes, Decretos y la Resolución SSS 6/2009).

¿Qué se resolvió?

la Cámara rechazó los recursos de apelación deducidos por las partes y, por ende, confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue objeto de apelación y agravios; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; impuso las costas de la alzada en el orden causado (art. 36 ley 27.423 y art. 71 CPCCN) y reguló honorarios de los profesionales en la alzada en un 30% de lo que se fije para primera instancia, debiendo abonarse al valor vigente del UMA al momento del pago. Decisión por unanimidad.
- Fundamentos principales (parágrafos transcritos textualmente relevantes): "La movilidad previsional refiere al reajuste del monto de los haberes previsionales en el tiempo; el componente inflacionario que pretende considerar la accionante es precisamente lo que, con todas las críticas que pueda hacerse, se intenta garantizar con cada ley de movilidad que se dicta. El régimen de movilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) tiene su recepción normativa en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, y se relaciona con otras garantías constitucionales receptadas en el art. 16, 17, 75 inciso 22 del mismo cuerpo legal. Como puede apreciarse, si bien la CN establece la exigencia de otorgar movilidad a las jubilaciones y pensiones, no señala que deban mantener el carácter sustitutivo del salario, principio de la Seguridad social que, junto con el de proporcionalidad, ha sido sostenido en numerosos fallos de la justicia ante reclamos por la movilidad de las prestaciones y esa es la injerencia judicial, mas no incursionar en índices no previstos para estos casos y de los que no hay garantías de mayor equidad." "La Resolución de la SSS 6/2009 resulta inconstitucional por vulnerar la debida proporción entre el haber de pasividad y el haber de actividad, limitando por una reglamentación más allá de la misma ley, alterando, el texto constitucional previsto en el artículo 14 bis. Asimismo, la resolución viola el principio de razonabilidad en tanto, se llega al absurdo de limitar una remuneración 'actualizada', cuyo valor 'nominal' se consignó en valores no superiores al tope máximo de base remuneratoria vigente al momento de su percepción. Se introduce un factor extraño a la lógica de la actualización: una remuneración se actualiza para obtener un valor que representa, en el momento del cálculo del haber, el mismo valor sobre el que se cotizó. Con esta norma el valor actualizado resulta interferido."
- Disidencias: no hubo disidencia; los tres jueces adhirieron al voto mayoritario.

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