BOMBINI, MARTA SOFIA c/ ANSES s/PENSIONES
La actora demandó a ANSES por recalculo de pensión directa y medidas relacionadas con la movilidad y la inconstitucionalidad de normas aplicables. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás; además declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso costas.
¿Quién es el actor?
Marta Sofía Bombini.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de recalculo de la pensión directa (PBU-PC-PAP) con aplicación de movilidad, pago de retroactivos e intereses, y declaraciones de inconstitucionalidad respecto de normas relacionadas con la movilidad (art. 2 de la ley 27.426, DNU 157/2018, y otros topes).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, por ello, se revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 conforme al considerando 7; en lo demás se confirmó la sentencia de primera instancia. Asimismo, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; impuso las costas de la instancia en el orden causado; y reguló honorarios de los profesionales de la actora en un 30% de lo que se establezca por su intervención en primera instancia, sin regular honorarios para la representación letrada de ANSES por aplicación del art. 2 de la ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales del fallo):
1) Sobre la adecuada revisión de agravios: "la expresión de agravios debe fijar las cuestiones o puntos del fallo acerca de los cuales se requiere revisión por parte de la Cámara, de manera que este límite no puede traspasarse sin afectar el principio de congruencia (Cfr. art. 265 CPCCN)."
2) Respecto de la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y seguimiento del precedente de la CSJN: "la CSJN, el 4 de diciembre del año 2025,
- en los autos: 'CSS 138932/2017/CS1 ... Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos' revocó la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del artículo puesto en crisis, por reconocer en el considerando 11, que 'en el presente caso puede afirmarse que la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018– ni se contaba con los elementos necesarios para ello, dado que no se había completado el semestre al que hacía referencia la ley 26.417 para el cálculo de las variaciones necesarias para obtener el coeficiente de reajuste a aplicar.'"
3) Doctrina sobre seguimiento de la Corte: "Es un principio asentado por el Alto Tribunal... que los tribunales inferiores deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando éstas fijan la interpretación de una norma federal (ver... 'Cerámica San Lorenzo'...)."
4) Sobre legitimación pasiva de ANSES y exención del impuesto a las ganancias: "El juez que actúa en el ámbito previsional debe proteger la cuantía de los haberes jubilatorios y en consecuencia revisar cualquier norma, cuya aplicación pueda representar una quita o disminución en el monto de dicho haber." Se cita jurisprudencia que admite la actuación contra ANSES aun cuando la materia pueda involucrar a otros organismos (p. ej. CSJN en "Gutiérrez, Oscar, Eduardo c/ ANSeS", y precedentes de la CFSS).
- Votos y mayorías: Los tres jueces (Dr. Pizarro, Dr. Castiñeira de Dios y Dr. Pérez Curci) adhirieron al voto preopinante y resolvieron por unanimidad conforme a la Parte Resolutiva final. No hubo disidencia registrada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: