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ALMAZAN, DORALIZA OFELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS por recalculo y reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de la actora, declaró inconstitucional el artículo 1° de la ley 27.609 y confirmó el resto de la sentencia, rechazando el recurso de ANSeS y declarando además la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.

Seguridad social Reajuste de haberes Inconstitucionalidad ley 27.609 Dnu 157/2018 Ipc Movilidad previsional Pbu Costas Honorarios Anses


¿Quién es el actor?

ALMAZAN, Doraliza Ofelia (actora/jubilada).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: pedido de recalculo/reajuste del haber previsional (PBU y demás componentes), liquidación de retroactivos y declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609 y de normas reglamentarias (Resolución SSS 6/2009, art. 3 del DNU 157/2018, etc.).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza
- Sala B resolvió por unanimidad: no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por ANSeS; hacer lugar parcialmente al recurso de la actora y declarar la inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley N° 27.609; confirmar la sentencia de primera instancia en el resto de sus consideraciones; declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; imponer las costas a ANSeS; y regular honorarios (30% para los letrados de la actora sobre lo que se fije en primera instancia). La ANSeS deberá practicar la liquidación conforme a los parámetros fijados por la Cámara, incluyendo la aplicación comparativa del IPC y la fórmula prevista hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024, y presentar la liquidación en autos.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En mérito del resultado que se instruye en el acuerdo precedente, por unanimidad, SE RESUELVE: 1º) NO HACER LUGAR al recurso de apelación vertido por ANSeS. 2º) HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación de la actora y, en consecuencia, DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 27.609. 3º) CONFIRMAR la sentencia recurrida en el resto de sus consideraciones." (bloque resolutorio final). 2) Sobre la no regresividad y carga probatoria del Estado: "Ante la demostración de la adopción por el Estado de una medida de corte regresivo, se presume su invalidez y la carga de la prueba de su permisibilidad se traslada al Estado." 3) Respecto a la forma de actualización a aplicar: "En su mérito, del estudio de las distintas fórmulas utilizadas a lo largo de los años para actualizar los haberes previsionales, propongo, para el caso de autos y en el contexto descripto, razonable utilizar aquella que toma en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el INDEC... El organismo deberá tomar el que resulte mayor, realizando en una columna el cálculo mediante la fórmula de la ley N°27.609 y en otra, el que arroje la aplicación del IPC... Consecuencia de todo lo anterior y en el caso particular que estamos analizando, corresponde ordenar la aplicación de la fórmula de movilidad antes mencionada, hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; el acuerdo fue unánime.

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