GEREZ MARIA ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora reajustes varios y redeterminación del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social desestimó la apelación de ANSeS y confirmó la sentencia de grado, imponiendo costas a la parte demandada conforme al art. 68 del CPCCN salvo que no surjan sumas a favor del actor, en cuyo caso se aplicará el orden causado.
¿Quién es el actor?
GEREZ MARIA ROSA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; ordenó la sentencia de grado la redeterminación del haber inicial y la movilidad posterior con sus accesorios, conforme pautas indicadas en la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara desestimó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia en todo aquello que fue materia de agravios. Confirmó además lo resuelto sobre las costas en la instancia de grado impuestas a la parte demandada vencida conforme al art. 68 del CPCCN, con el alcance de que si de la liquidación surgen sumas a favor del actor las costas se fijarán a la vencida; en caso contrario, se establecerán en el orden causado (art. 36 ley 27.423). Se impusieron costas por su orden en la Alzada.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
"Que por mayoría el Tribunal RESUELVE: 1) Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada; 2) Confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado...; 3) Confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios, con el fundamento y alcances indicados precedentemente y 4) Costas por su orden en la Alzada..."
- Votos en disidencia o salvedades: La Dra. Nora C. Dorado "deja a salvo su opinión en torno a la siguiente cuestión", registrándose esa salvedad, pero la resolución indicada fue por mayoría y prevalece sobre la posición individual disidente.
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