PETRE GRACIELA SONIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Petre promovió demanda contra ANSeS solicitando reajuste de su haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado hizo lugar parcialmente: declaró prescrita parte de la pretensión, ordenó recalcular el haber conforme las pautas fijadas y pagar los retroactivos en 120 días, y declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09.
¿Quién es el actor?
Petre, Graciela Sonia.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) y de los haberes derivados de la ley 24.241 (Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), impugnación de múltiples normas por inconstitucionalidad y pedido de actualización de remuneraciones históricas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la defensa de prescripción deducida por ANSeS y, en forma parcial, a la demanda. Se ordenó a ANSeS abonar a la actora el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas establecidas en la sentencia dentro de 120 días; se difirió para ejecución el examen de los arts. 9 de la ley 24.463 y 79 de la ley 18.037; se declaró la inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09 en cuanto impone un tope a las actualizaciones; se dispuso que las sumas se paguen íntegramente sin quita alguna y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08).... Respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re “Actis Caporale”, Fallos 323:4216).... ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
"Es una máxima básica de la seguridad social que el Estado garantice al beneficiario el mantener el nivel de vida alcanzado durante la etapa laboral y no llevar los haberes a una desproporción de naturaleza arbitraria y confiscatoria.... En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones expuestas y a lo peticionado por la parte actora, corresponde la aplicación de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a partir del caso 'Volonté' del 28/3/85 y 'Makler, Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463' del 20.05.03..."
"El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios…'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene.... y lo declaró inconstitucional en este acto."
- Disidencias relevantes: No se registra voto en disidencia en el dispositivo final.
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