DI BIASE LUCIA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional conforme la ley 24.241. El Juzgado federal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró prescrita parte de la pretensión, ordenó recalcular el haber inicial de la PBU por inconstitucionalidad parcial del art.20 inc. b) de la ley 24.241 y dispuso el pago del retroactivo y del haber recalculado en 120 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DI BIASE LUCIA BEATRIZ.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste del haber previsional (Prestación Básica Universal, PBU) conforme las previsiones de la ley 24.241 y demás normas conexas; impugnación de topes, fórmulas de movilidad y otros aspectos normativos; se ofreció prueba y reserva del caso federal.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda y a la defensa de prescripción según art. 82 ley 18.037, se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas fijadas en la sentencia dentro de 120 días desde que quede firme, se impusieron las costas en orden causado y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Luego de compulsar la prueba documental que tengo a la vista, advierto que el titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 14-0-0216154-0-4 al amparo de la ley 24241, con fecha de adquisición del derecho el 21.08.2019. En consecuencia, analizaré el reclamo por diferencias de haberes que formula a la luz de la ley 24.241."
"Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios' y con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial, respecto al mecanismo para repararla, adheriré al criterio uniforme que emana del Superior – por economía procesal
- ... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26198 y los dtos 1346/07 y 279/08, y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio."
"Por lo tanto, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 20 inc. b) de la Ley 24.241 para el caso concreto y el organismo previsional deberá recalcular el haber inicial de la PBU del titular."
"En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. 3 de la ley 27.426), estimo procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto."
"Con todo, las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna, en coherencia con lo establecido por el Tribunal cimero, al fallar en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28/11/06."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el decisorio.
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