GANGUEMI JOSE MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor, José María Ganguemi, demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenando a la ANSeS recalcular y actualizar el haber inicial y abonar las diferencias conforme los lineamientos y plazos fijados en la sentencia, y resolviendo sobre las inconstitucionalidades en los términos del considerando.
¿Quién es el actor?
Ganguemi José María.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de normas y declaración de inconstitucionalidad; pago de las diferencias resultantes y efectos de movilidad.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSeS, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, efectuar el recálculo del haber inicial asignado conforme los lineamientos del fallo; actualizar el haber recalculado con los aumentos emergentes de la movilidad determinada; pagar los haberes actualizados dentro del plazo indicado; computar acreencias retroactivas con los intereses fijados y efectuar los requerimientos presupuestarios pertinentes. Se impusieron costas a ANSeS (art. 36 ley 27423) y se regularon honorarios de la Dirección Letrada por el 15% del importe del crédito resultante, con las precisiones indicadas. En relación con las inconstitucionalidades planteadas, el fallo remite a lo expresado en los considerandos.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
1) "Determinado el alcance temporal de esta sentencia, verifico asimismo que a la parte actora se le otorgó el beneficio jubilatorio en los términos de la ley 24.241 con servicios en relación de dependencia y cese ocurrido posterior a 8/2016 y anterior a 28/02/2019 (FAD 02.02.2018)."
2) "Queda analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16. En tales términos, la actualización será hasta el 28/2/2009 conforme el fallo de la C.S.J.N. 'Blanco, Lucio Orlando c/ANseS s/Reajustes Varios'... Así resuelvo por cuanto acompaño la decisión del Superior declarando por este acto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16..."
3) "Ahora bien, el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
4) "Las diferencias adeudadas al actor, se abonaran sin quita alguna quedando reproducidos los dichos de los miembros de la Corte Suprema en los Considerandos 8 y 9 del precedente 'Pellegrini, Américo c/ ANSes S/ reajustes varios' de fecha 28/11/2006, a los cuales me remito en razón a la brevedad y hago propios."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto.
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