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GANGUEMI JOSE MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, José María Ganguemi, demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenando a la ANSeS recalcular y actualizar el haber inicial y abonar las diferencias conforme los lineamientos y plazos fijados en la sentencia, y resolviendo sobre las inconstitucionalidades en los términos del considerando.

Ganguemi Anses Reajuste de haberes Recalculo jubilatorio Inconstitucionalidad decreto 807/16 Movilidad previsional Intereses Costas (art.36 ley 27423) Honorarios art.1255 ccycn Seguridad social.


¿Quién es el actor?

Ganguemi José María.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de normas y declaración de inconstitucionalidad; pago de las diferencias resultantes y efectos de movilidad.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSeS, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, efectuar el recálculo del haber inicial asignado conforme los lineamientos del fallo; actualizar el haber recalculado con los aumentos emergentes de la movilidad determinada; pagar los haberes actualizados dentro del plazo indicado; computar acreencias retroactivas con los intereses fijados y efectuar los requerimientos presupuestarios pertinentes. Se impusieron costas a ANSeS (art. 36 ley 27423) y se regularon honorarios de la Dirección Letrada por el 15% del importe del crédito resultante, con las precisiones indicadas. En relación con las inconstitucionalidades planteadas, el fallo remite a lo expresado en los considerandos.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes): 1) "Determinado el alcance temporal de esta sentencia, verifico asimismo que a la parte actora se le otorgó el beneficio jubilatorio en los términos de la ley 24.241 con servicios en relación de dependencia y cese ocurrido posterior a 8/2016 y anterior a 28/02/2019 (FAD 02.02.2018)." 2) "Queda analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16. En tales términos, la actualización será hasta el 28/2/2009 conforme el fallo de la C.S.J.N. 'Blanco, Lucio Orlando c/ANseS s/Reajustes Varios'... Así resuelvo por cuanto acompaño la decisión del Superior declarando por este acto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16..." 3) "Ahora bien, el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." 4) "Las diferencias adeudadas al actor, se abonaran sin quita alguna quedando reproducidos los dichos de los miembros de la Corte Suprema en los Considerandos 8 y 9 del precedente 'Pellegrini, Américo c/ ANSes S/ reajustes varios' de fecha 28/11/2006, a los cuales me remito en razón a la brevedad y hago propios."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto.

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