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JORIO GNISCI GLORIA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a la ANSeS recalcular el haber inicial y pagar los haberes actualizados y las acreencias retroactivas con intereses, en los términos y plazos fijados.

Reajuste de haberes Anses Ley 24.241 Pbu Movilidad previsional Intereses Prescripcion Inconstitucionalidad Actis caporale Costas Ley 27423


¿Quién es el actor?

JORIO GNISCI GLORIA ISABEL (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de los haberes previsionales asignados conforme ley 24.241, impugnación de normas por inconstitucionalidad, reserva del caso federal y condena al pago de las diferencias resultantes.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a la ANSeS, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, el recalculo del haber inicial asignado conforme los lineamientos de la sentencia; una vez recalculado, actualizarlo aplicando la movilidad determinada en el fallo; abonar los haberes actualizados en el plazo indicado; contemplar intereses y prescripción para el cómputo de las acreencias retroactivas; disponer los requerimientos presupuestarios pertinentes; costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423); y regular honorarios conforme lo dispuesto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326)... Ahora bien, teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social (...) resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14, fallo en el que se vincula su cálculo a las variaciones salariales y en la medida en que importe –como allí reza
- una quita Superior al 15%." "En lo que respecta a la movilidad del haber redeterminado resultará de aplicación lo dispuesto en las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y concordante." "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina y me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución' del 14/09/04 y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' del 18/04/2017." "En virtud de lo allí dispuesto, corresponde un análisis numérico actuarial para conocer la el porcentaje exacto de confiscatoriedad que podría, o no, existir en autos. Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale')."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el texto; la parte resolutiva es la decisión que prevalece.

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